REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Seis (06) de Agosto del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las nueve y veinte minutos de la mañana, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaría, Abogado Josefa Mantilla, en compañía de la apoderada judicial de la parte actora, abogada Milicia Pieter, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 93.440, el perito avaluador, Rubén Rondon, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.027.204, quien fuera debidamente designado y juramentado por el Juez de este Tribunal, cuya designación constan suficientemente en el libro respectivo, en la siguiente dirección: Planta Baja de la casa identificada con el Nro. 18, situada en la Primera Transversal del Rosario, Las Minas de Baruta, Municipio Baruta del Estado Miranda, a fin de practicar la medida de ENTREGA MATERIAL del inmueble identificado en el mandamiento de ejecución, decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por DESALOJO interpuso la ciudadana ANA MILENA SOLANO APARICIO contra el ciudadano NELSON ANTONIO MONTILLA.- Una vez a las puertas del inmueble el Tribunal procede a dar los toques de Ley, siendo atendido el llamado judicial por una ciudadana quien manifiesta ser y llamarse Yosmely Margarita Caraucan Granadino, quien es mayor de edad, venezolana, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-15.488.804, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando la notificada encontrarse encargada en estos momentos del inmueble por cuanto el demandado no esta en el mismo.-Seguidamente el Tribunal dando cumplimiento a la misión encomendada practica la ENTREGA MATERIAL REAL Y EFECTIVA del inmueble constituido por la Planta Baja de la Casa Identificada con el Nro. 18, ubicada en la Primera Transversal del Rosario, Las Minas de Baruta, Municipio Baruta del Estado Miranda, y lo pone en la posesión real y física de la parte actora, ciudadana Ana Milena Solano Aparicio, representada en este acto por su apoderada judicial, abogada Milicia Pieter, antes identificada, quien en nombre de su mandante lo reciben conforme.-Es todo.- En este estado la apoderada judicial de la parte actora, expone: por cuanto dentro del inmueble objeto de la presente medida existen bienes, pido al Tribunal previo inventario y avalúo realizado por el perito designado se sirva acordar el deposito necesario de los mismos.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por la apoderada judicial de la parte actora, la solicitud contenida en la misma, acuerda de conformidad ordenar al perito avaluador, realice el inventario de todos los bienes encontrados dentro del inmueble objeto de la presente medida a fin de un eventual deposito necesario.- Los bienes son: 1) un escritorio elaborado en formica de color beige, en forma cuadrada, compuesto por tres gavetas, 2) un armario elaborado en madera compuesto por dos puertas batientes y tres entrepaños; 3) un gavetero en forma rectangular compuesto por ocho gavetas; 4) diez mesitas de tamaño pequeñas, elaboradas en plástico en forma cuadrada de diferentes colores; 5) un microondas, tamaño pequeño, marca: premier, modelo: PM70710; 6) una nevera, compuesta por dos puertas de color gris, marca: haceb, sin serial visible; 7) una cama tipo matrimonial, con su respectivo box y su colchón, 8) una cama tipo individual, con su base elaborada en madera y su colchón, 9) un televisor de 11 pulgadas, color gris, marca: daewoo, sin serial visible, 10) un DVD, color negro, marca: philips, modelo: DVP3254K/55, 11) una mesa para computadora compuesta por una gaveta y tres entrepaños, color marrón, 12) una impresora, tipo fotocopiadora, marca: HP, color gris, sin serial visible, 13) una cama tipo matrimonial con su respectivo box y su colchón, 14) una cama tipo individual, con su base en madera, elaborada en hierro forjado y su respectivo colchón, 15) una mesa de comedor, elaborada en madera en forma ovalada.-Es todo.-En este estado la notificada, ciudadana Yosmeli Margarita Caraucan Granadino, antes identificada, en su condición de encargada del inmueble objeto de la presente medida, expone: por cuanto me he comunicado vía telefónica con el ciudadano Nelson Antonio Montilla, parte demandada en el presente proceso y el mismo me ha ordenado y autorizado para solicitarle al Tribunal se sirva trasladar bajo nuestra responsabilidad y riesgo, relevando al Tribunal de cualquier reclamo a que hubiere lugar, todos los bienes a la siguiente dirección: Avenida Principal de Los Cortijos de Lourdes, Edificio Los Telares, Planta Sótano, Guardamuebles Molina, Municipio Sucre del Estado Miranda.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por la notificada, ciudadana Yosmeli Margarita Caraucan, antes identificada, en su condición de encargada del inmueble señalada por la parte demandada, y quien de acuerdo a la información suministrada ha recibido instrucciones del demandado, ciudadano Nelson Antonio Montilla, la solicitud contenida en la misma, con la anuencia de la apoderada judicial de la parte actora, acuerda de conformidad en consecuencia, el traslado de todos los bienes encontrados dentro del inmueble objeto de la presente medida a la dirección por ella aportada, bajo su responsabilidad y riesgo y por ende se ordena al perito avaluador suspenda la elaboración del inventario.-Es todo.-En este estado la apoderada judicial de la parte actora, expone: recibo en nombre de mi mandante el inmueble objeto de la presente medida complemente libre de bienes muebles, personas, joyas, dinero en efectivo de cualquier denominación y/o documentos comerciales.-Es todo.-El Tribunal, cumplida como ha sido su misión, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo la una de la tarde.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,
ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA LA APODERADA ACTORA
LA NOTIFICADA
LA SECRETARIA EL PERITO AVALUADOR
ABG. JOSEFA MANTILLA