Vista la anterior diligencia, de fecha 11 de Agosto de 2009, suscrita por la abogada ANA MARIA ABASOLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 19.975, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora en el presente procedimiento, por medio de la cual desiste de la presente demanda, este Tribunal lo HOMOLOGA en los términos en él planteados, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, se ordena devolver los originales cursante a los folios 6 al 9, previa certificación en autos. Para la reproducción de las copias se acuerda el procedimiento de fotostatos las cuales serán suscritas por la Secretaria de este Juzgado, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
Dr. JOSÉ EMILIO CARTAÑA ISACH.
LA SECRETARIA,
ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.
En esta fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.
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