REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
LA VICTORIA, 14 DE AGOSTO DEL 2009
199º y 150º
Expediente 20121
Demandante MARIANA MORELBA MORALES HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-11.999.837
Demandado ALI JOSE CORDOVA JIMENEZ, titular de la Cédula
de Identidad N° V-9.928.678
Motivo Pensión de Alimento a favor de su hija ****
Por cuanto de la INDUSTRIAS UNICON C.A, remitió a este Despacho cheque Nro: 03733208, por la cantidad de CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 24/100 (Bs. 5.754,24), monto correspondiente al 50% de las prestaciones sociales , con motivo de la culminación de la relación laboral que existía entre la INDUSTRIAS UNICON C.A y el ciudadano ALI JOSE CORDOVA JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.928.678.-
Este Tribunal vista la sentencia de fecha 07 de Agosto de 2007, que corre inserta al folio 109 hasta 115, pasa a realizar la siguiente distribución, tomando en cuenta los aumentos realizados a la fecha:
PRIMERO: Se fija Once (11) pensiones, cada una por la cantidad de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES CON 16/100 (Bs. 373,16)
SEGUNDO: Se fija Una (01) Cuota Especial para cubrir los Gastos Escolares del año 2009 equivalente a Dos (02) pensiones, es decir, por la cantidad de SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON 32/100 (Bs. 746,32).-
TERCERO: Se fija Una (01) Cuota Especial para cubrir los Gastos de Navidad del año 2009 equivalente a Dos (02) pensiones, es decir, por la cantidad de SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON 32/100 (Bs.746,32).-
CUARTO: Por cuanto se observa, que el ciudadano ALI JOSE CORDOVA JIMENEZ, dejo de laborar para la INDUSTRIAS UNICON C.A; y que la niña ****** , no ha recibido el pago de las pensiones correspondientes a los meses de Abril, Mayo, Junio, Julio y Agosto del 2009 , en consecuencia, este Tribunal ordena oficiar al Banco Banfoandes a los fines de que se haga entrega de la cantidad de MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES CON 80/100 (1.865,80 Bs.) correspondientes a las pensiones antes señaladas.
QUINTO: El Tribunal autorizara mensualmente a la ciudadana MARIANA MORELBA MORALES HERNANDEZ (supra identificada) a los fines que retire la cantidad de (Bs. 373,16) de la cuenta de Ahorro Nº 0007-0087-87-0060216007, hasta agotarse la cantidad y los intereses que se generen por la misma .Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZA

ABG. EUMELIA VELASQUEZ M.
LA SECRETARIA

ABG. JHEYSA ALFONZO


En esta misma fecha se libro ofició N° 2299/09.-


LA SECRETARIA





EV / JA/ AADD
Exp. N°: 20121