REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
LA VICTORIA, 14 DE AGOSTO DEL 2009
199º y 150º
Expediente 22259
Demandante YAJAIRA MARIA SIVIRA NAREA, titular de la cedula de identidad Nº V-13.241.583
Demandado JOEL ENRIQUE LUCENA TOVAR, titular de la Cédula
de Identidad N° V-12.809.655
Motivo Pensión de Alimento a favor de su hija ****
Por cuanto de la INDUSTRIAS UNICON C.A, remitió a este Despacho cheque Nro: 73266530, por la cantidad de TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 03/100 (Bs. 3.996,03), monto correspondiente al 50% de las prestaciones sociales , con motivo de la culminación de la relación laboral que existía entre la INDUSTRIAS UNICON C.A y el ciudadano JOEL ENRIQUE LUCENA TOVAR, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.809.655.-
Este Tribunal vista la sentencia de fecha 20 de Abril de 2009, que corre inserta al folio 37 hasta 41, pasa a realizar la siguiente distribución, tomando en cuenta los aumentos realizados a la fecha:
PRIMERO: Se fija Once (11) pensiones, cada una por la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON 40/100 (Bs. 266,40).-
SEGUNDO: Se fija Una (01) Cuota Especial para cubrir los Gastos Escolares del año 2009 equivalente a Tres (03) pensiones, es decir, por la cantidad de SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 23/100 (Bs. 799,23).-
TERCERO: Por cuanto se observa, que el ciudadano JOEL ENRIQUE LUCENA TOVAR, dejo de laborar para la INDUSTRIAS UNICON C.A; y que la niña *****, no ha recibido el pago de las pensiones correspondientes a los meses de Junio, Julio y Agosto del 2009 , en consecuencia, este Tribunal ordena oficiar al Banco Banfoandes a los fines de que se haga entrega de la cantidad de SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 23/100 (Bs. 799,23) correspondientes a las pensiones antes señaladas.
CUARTO: El Tribunal autorizara mensualmente a la ciudadana YAJAIRA MARIA SIVIRA NAREA (supra identificada) a los fines que retire la cantidad de (Bs. 266,40) de la cuenta de Ahorro Nº 0007-0087-81-0060011498, hasta agotarse la cantidad y los intereses que se generen por la misma .Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZA

ABG. EUMELIA VELASQUEZ M.
LA SECRETARIA

ABG. JHEYSA ALFONZO


En esta misma fecha se libro ofició N° 2290/09.-


LA SECRETARIA





EV / JA/ AADD
Exp. N°: 22.259