En horas de despacho del día de hoy, Miércoles Cinco (05) de Agosto de 2.009, siendo las Nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR ESPECIAL, en virtud del procedimiento instaurado por la “ SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO EDITORIAL “RANGEL RANGEL” C.A. Este Tribunal deja expresa constancia de la comparecencia de la PARTE OFERIDA Y DE LA PARTE OFERENTE.-. En virtud de ello, LA PARTE OFERIDA, ciudadana YUBISAY PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 15.357.299 manifiesta no estar de acuerdo, por consiguiente, no acepta lo consignado por la PARTE OFERENTE, en el presente asunto y por tratarse de un procedimiento de OFERTA REAL DE PAGO y por cuanto en materia laboral no debe abrirse la etapa contenciosa del procedimiento de OFERTA REAL previsto; En consecuencia, no se puede aplicar las consecuencias jurídicas, prevista en la LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO. De manera que, este Tribunal da por concluida la presente audiencia advirtiendo de que se encuentra ante este Tribunal depositados a favor de la ciudadana, YUBISAY PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 15.357.299 la suma de TRES MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 25 (BS. 3.910,25), en el BANCO DE FOMENTO REGIONAL LOS ANDES C.A. (BANFOANDES) en la cuenta de ahorros 007-0061-44-0060212523 a su entera disposición. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
DRA. NAZARET DAMELI BUENO CLARIN
PARTE OFERIDA
ABOGADO ASISTENTE PARTE OFERIDA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE
LA SECRETARIA,
ABG. BETHSY RAMIREZ
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