REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SOLICITANTE: SILVIA FLORA CABALLERO ZERPA
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
EXPEDIENTE N°: 281-09

Vista la anterior solicitud presentada por la Ciudadana SILVIA FLORA CABALLERO ZERPA, Venezolana, Mayor de Edad, Soltera, Abogada en Ejercicio, Titular de la Cédula de Identidad N° 3.843.613, y de este domicilio, actuando en su propio nombre y representación, quien solicitó por ante este Tribunal la Rectificación de su Acta de Nacimiento, este Despacho observa:
La mencionada Acta corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevado por la Prefectura del Municipio Joaquín Crespo Distrito Girardot del Estado Aragua, según Acta N° 401, Tomo I, de fecha 17 de Febrero de 1955.- El error denunciado consiste que al asentar el acta de Nacimiento de la Ciudadana SILVIA FLORA CABALLERO ZERPA, se incurrió en transcribir incorrectamente el segundo nombre de la solicitante Ciudadana SILVIA FLORA CABALLERO ZERPA; pues siendo el nombre correcto “…SILVIA FLORA…; se asentó: “…SILVIA FLOR…”. Para efecto probatorio la solicitante consignó los siguientes recaudos:
1.copia certificada del acta de nacimiento expedida por el Registro Civil Principal del Estado Aragua, y por la Prefectura del Municipio Joaquín Crespo Distrito Girardot del Estado Aragua.
2.copia fotostática de su cédula de identidad.
3.copia fotostática de su pasaporte.
4.copia certificada del acta de nacimiento de su hijo ciudadano LUIS EDUARDO CABALLERO ZERPA.

Ahora bien, probado como ha sido lo alegado, y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta,