REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Cinco de Agosto de dos mil Nueve
199º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2008-012225
Vista la solicitud que procede suscrita por los ciudadanos: VIRGUEZ JOSE LUIS, RIVAS VIRGUEZ WILMER ANTONIO, PEÑA VIRGUEZ HERNAN ANTONIO, PEÑA VIRGUEZ CARLOS JOSE, PEÑA VIRGUEZ HENRY YOHAN, PEÑA VIRGUEZ MILAGROS YASMIN y PEÑA VIRGUEZ MILANYI LIZETH, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-7.425.999, 11.260.377, 12.851.033, 12.851.034, 16.279.354, 16.279.355 y 17.783.482, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio Pedro Luis Medina, inscrito en inpreabogado bajo el Nº 116.353, para que este tribunal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 936 del código de procedimiento civil, LOS DECLARE COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara: VICENTA VIRGUEZ con relación a los bienes que le pueda corresponder en su condición de tal. Vistos así mismo los recaudos acompañados con dicha solicitud, consistente en A:) Original del Acta de Defunción. B:) Original de Siete (07) Partidas de Nacimiento, C:) Original del Edicto debidamente publicado. Este tribunal al encontrar que la anterior solicitud no ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficiente en derechos las actuaciones acompañadas, entre ellas las declaraciones conteste y apreciables de los testigos evacuadas por ante este tribunal, los ciudadanos: Mariela Lara y Antonio Mendoza, suficientemente identificados; y teniéndose además en cuenta que de los recaudos acompañados se evidencia claramente que el de cujus no ha tenido otra descendencia, ni legitima, ni natural. En consecuencia, considera bastante y suficientes las presentes actuaciones de conformidad con el articulo 936 del código de procedimiento civil, para declararlas como titulo asegurativo al derecho que le asiste los ciudadanos Virguez Jose Luis, Rivas Virguez Wilmer Antonio, Peña Virguez Hernan Antonio, Peña Virguez Carlos Jose, Peña Virguez Henry Yohan, Peña Virguez Milagros Yasmin Y Peña Virguez Milanyi Lizeth, en su condición de hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara VICENTA VIRGUEZ dejando salvo los derechos de terceras personas. Déjese constancia en libro diario. Expídase las copias certificadas respectivas.

El Juez., La Secretaria.,
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Bianca Escalona.
HRPB/BE/Loreand
La Suscrita Secretaria del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT-Supra.