En el día de hoy 12 de Agosto de 2009, siendo las 03:00 .m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora el Apoderado Judicial Abogado GUSTAVO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nros. V- 3.136.926 , I.P.S.A. Nro. 78.373, igualmente arriba identificado. Por la demandada comparece Abogada Abogado GILMA BETTY ROSS, I.P.S.A. Nro. 15.698, en su carácter de apoderada Judicial. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 40.000,00), para ser pagado en la sede del tribunal, a las 02:00 p.m., a través de cheque de gerencia, elaborado a nombre del Trabajador LINO ANTONIO RODRIGUEZ NUÑEZ, en tres (03) pagos en las fechas que seguidamente se indican: 02 de Septiembre, por la cantidad de Bs. quince mil bolívares (bs. 15.000,00), 30 de septiembre, por la cantidad de quince mil bolívares (Bs.15.000,00), y el 21 de Octubre, por la cantidad de diez mil bolívares (Bs.10.000,00), todas las fechas del corriente año 2009. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los conceptos demandados: Antigüedad, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Intereses sobre Prestaciones Sociales, Diferencias del Bono de Alimentación y días libres trabajados. Previa deducción del anticipo recibido y aceptado como tal por la parte accionada. En éste estado la Parte Actora, representada por el Apoderado Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio de su mandante.