JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, CUATRO DE DICIEMBRE DE DOS MIL NUEVE
199º y 150º
Vista la transacción celebrada de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, suscrita por los ciudadanos RAMON MELENDEZ ADRIAN y JOSE RAFAEL SALAZAR ROJAS, venezolanos, mayores de edad, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros, 93.199 y 52.299, actuando con el carácter de Apoderados Judicial de la sociedad mercantil INSTRUMENTACIÓN DE ORIENTE, C.A. (INTORCA), parte demandante; y la ciudadana MARIA GABRIELA HERNANDEZ DEL CASTILLO, venezolana, mayor de edad, Abogada, titular de la cédula de identidad N° V-10.832.256, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.293, de este domicilio, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la sociedad mercantil INVERSORA TROGAR, C.A., parte demandada; en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (vía intimación), tiene incoado por ante este Tribunal, al primera contra la Segunda de los nombrados; y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 256 del Código de Procedimiento Civil, y 1.713 del Código Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes y le da carácter de sentencia pasado con autoridad de cosa juzgada. Se suspende la medida de embargo preventiva decretada por este Despacho y practicada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Piar, Punceres y Bolívar de esta Circunscripción Judicial. Ofíciese a la Entidad Bancaria BANFOANDES, Sucursal Maturín, a fin de que se haga entrega al Abogado en ejercicio JOSE RAFAEL SALAZAR ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 7.627.818, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.299, de este domicilio, la suma de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F.300.000,oo),mediante planilla de retiro de fondos N° 03641087, y el saldo restante o sea la cantidad de CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F.195.800,oo), a la sociedad mercantil INVERSORA TROGAR, C.A., mediante planilla de retiro de fondos N° 03641088, de la cuenta de Ahorros Nro., 70009010060276424. aperturada por este Despacho. Cúmplase.-
ABOG. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA,
ABOG. YOHISKA MUJICA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-Conste
La Stria.
Exp. 32.028
tula
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