REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, 16 de DICIEMBRE de 2009
199° y 150°
Vista la anterior solicitud de AUTORIZACION para tramitar ante el SENIAT, la Declaración Sucesoral, presentada por la ciudadana DELIFEX CAROLINA TERESEN GIMÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.723.610, en representación de los derechos de su hija (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), venezolano, de 02 años de edad, asistida por el Abogado Dr. ANTONIO AQUILINO RODRIGUEZ, en su carácter de Defensor Público Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, admítase, anótese, numérese, fórmese expediente. Así mismo vista la exposición presentada este Tribunal acuerda AUTORIZAR: A la ciudadana arriba identificada para que pueda tramitar ante el SENIAT la Declaración Sucesoral. Cúmplase.-
La Juez Profesional Titular Primera
Dra. MARIA NATIVIDAD OLIVIER V.
El Secretario Suplente
Abog. DARWIN JOSE ABREU
Exp. N° 8123-09
MNOV/Dch