República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Segundo De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.-
Maturín, 03 de Diciembre de 2.009.-
199° y 150°
Vistas las actas que conforman el presente expediente de solicitud de TITULO SUPLETORIO, esta Juzgadora observa que: PRIMERO: La accionante, ciudadana MIRNA SILVIO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 9.284.423, presenta solicitud de Titulo Supletorio sobre unas bienhechurias construidas en una parcela de terreno Ejidos Municipales ubicadas en la Avenida Bolívar con Calle Monagas y Avenida Raúl Leoni, Sector Centro N° 9, al lado de la Unidad Educativa Fermin Toro, Maturín Estado Monagas, constante de una superficie de Mil Doscientos Cuarenta y tres Metros Cuadrados (1.243 Mts2), alinderadas de las siguiente manera NORTE: Calle Monagas, SUR: Con Avenida Bolívar, ESTE: Con Avenida Raúl Leoni y OESTE: Con Colegio Fermín Toro. SEGUNDO: Que los ciudadanos MOUNIR BATTIKHA NOUNOU Y AFAF BATTIKHA NOUNOU, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.369.739 y 8.375.562, presentaron escrito de Oposición en fecha: 01-12-2.009. Observando quien aquí decide, que los anexos acompañados, y de la revisión pormenorizada realizada a los mismos, se evidencia que el inmueble sobre el cual la accionante de la presente solicitud pretende se le decrete TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre el inmueble antes referido, observándose que el mismo, es propiedad de los ciudadanos MOUNIR BATTIKHA NOUNOU Y AFAF BATTIKHA NOUNOU, y que la solicitante de marras MIRNA JOSEFINA SILVIO GONZALEZ, simplemente ocupa el lote de terreno en calidad de ARRENDATARIA, tal y como se evidencia del Contrato de Arrendamiento cursante del folio 29 al 35, debidamente notariado por ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Maturín Estado Monagas, en fecha: 29-12-2.008, aunado a lo expresado se evidencia que en fecha: 01-12-2.009, la abogado YULIMAR SIFONTES, presenta diligencia, en la cual expone lo siguiente:”…con la finalidad de que sea agregado a la Solicitud de Titulo Supletorio solicitada por la ciudadana Mirna Silvio, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 9.284.423; presento y consigno originales de: solicitud a la Cámara Municipal para construcción de fecha 03/06/2.002, oficio de respuesta de la Cámara Municipal N° 1595/02, de fecha 21/11/2002, Oficio N° SG.132/2002, emitido por el Consejo del Municipio Maturín, Comisión de Urbanismo …” SIC…observando esta Juzgadora que cursante al folio Treinta y Nueve (39) riela solicitud realizada por la ciudadana MIRNA SILVIO GONZALEZ, dirigida al Presidente y Demás Miembros de la Cámara municipal, fechada el 03 de junio de 2.002, para la colocación de un techo movible, en un lote de terreno ubicado al final de la Avenida Bolívar, frente al Parque La Guaricha, propiedad del ciudadano MOUNIR BATTIKHA NOUNOU, y al folio Cuarenta (40) corre inserto oficio signado con el Nro. 1595/02 de fecha 21 de Noviembre del 2.002, emanado del extinto Consejo del Municipio Maturín (hoy Alcaldía del Municipio Maturín) dirigido a la ciudadana MIRNA SILVIO, en el cual se autoriza, a la Dirección de Desarrollo Urbano para otorgar los permisos, y al folio Cuarenta y Uno (41), riela Acta distinguida SG 132/2002, emitida por la Comisión de Urbanismo del extinto Consejo del Municipio Maturín (hoy Alcaldía del Municipio Maturín) donde se leyó la solicitud suscrita por la ciudadana MIRNA SILVIO para colocar un techo movible, en el lote de terreno que viene ocupando, siendo recomendado por la Comisión Autorizar a la Dirección de Desarrollo Urbano otorgue los referidos permisos.
Asimismo, en el escrito de solicitud presentado por la accionante, se evidencia que la misma señala que ha construido con dinero de su propio peculio y sobre una parcela de terreno de Ejidos Municipales, ubicada en la Avenida Bolívar con Calle Monagas y Avenida Raúl Leoni, Sector Centro N° 9, al lado de la Unidad Educativa Fermín Toro, Maturín Estado Monagas, constante de una superficie de Mil Doscientos Cuarenta y tres Metros Cuadrados (1.243 Mts2), alinderadas de las siguiente manera NORTE: Calle Monagas, SUR: Con Avenida Bolívar, ESTE: Con Avenida Raúl Leoni y OESTE: Con Colegio Fermín Toro; “… con techo de concreto liviano hecho por malla sen-sen, impermeabilizado con manto de asfalto, …” de lo cual se desprende que la referida autorización emanada tanto del propietario MOUNIR BATTIKHA NOUNOU como del Consejo del Municipio Maturín se refiere únicamente a la colocación de un techo liviano movible. Y no a las bienhechurias explanadas en la presente solicitud. Es por todo lo anteriormente expuesto. Este tribunal Segundo de los Municipios Maturín Agusay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara INADMISIBLE, LA SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana MIRNA JOSEFINA SILVIO GONZALEZ, por carecer la solicitante de cualidad para ejercer la presente solicitud. Y así se Decide.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. MARIA BALBINA CARVAJAL NARVAEZ
LA SECRETARIA ACC
ABG. NUNZIA VELIZ LOPEZ
MBCN/NVL/Igrijoran
Solicitud Nro. 4419
|