REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ACOSTA


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUEL. JUZGADO DEL MUNICIPIO ACOSTA DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO MONAGAS. SAN ANTONIO DE CAPAYACUAR TRES (03) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2009)

199º Y 150º

Vista el acta q riela en el folio doce (12) de la presente demanda de OBLIGACION DE MANUTENCION intentada por la ciudadana CARMEN LUISA CARPINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19.038.392, domiciliada en La Loma de la Virgen de esta población de San Antonio de Capayacuar, en representación de su hija cuya identidad se omite en cumplimiento de lo establecido el Artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, contra el ciudadano FÉLIX ALEMÁN, venezolano, mayor de edad domiciliado en La Loma de la Virgen de esta población de San Antonio de Capayacuar, Municipio Acosta del Estado Monagas, mediante la cual la accionante desiste de la presente acción y en virtud de q la demandante manifiesta q el obligado por manutención ha cumplido efectivamente con las obligaciones demandadas, administrando justicia y por autoridad de la Ley; Este Tribunal HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO de acuerdo a lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia ordena el archivo del presente expediente. Cúmplase.-

LA JUEZA TEMPORAL
Abg. Marleni Rocca

EL SECRETARIO
Abg. Raúl Cortez.

Exp 003-11