REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 13 de marzo de 2009
198° y 150º
ASUNTO: AP21-L-2006-001552

Vista la diligencia que antecede, presentada por la Apoderada Judicial de la parte actora, Abogada FANNY MARTINEZ, mediante la cual solicita se realice la Ejecución Forzosa, conforme a lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en la empresa TASCA RESTAURANT BRUT ROYAL (TASCA RESTAURANT BELLA NAPOLE), este Tribunal observa:

PRIMERO: Por decisión de fecha 30 de septiembre de 2008, este Tribunal declaró la improcedencia de la solicitud realizada por la parte actora, en cuanto a la existencia de un grupo económico y la sustitución patronal, entre las empresas TASCA RESTAURANT BELLA NAPOLE, demandada en el presente proceso y TASCA RESTAURANT BRUT ROYAL. Decisión que fue apelada en su oportunidad, correspondiendo su conocimiento al Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, quien a su vez declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la representante legal de la parte actora, confirmándose el fallo apelado.

SEGUNDO: La empresa TASCA RESTAURANT BRUT ROYAL, no ha sido condenada en el presente proceso; por lo que mal podría este Tribunal acordar, practicar la ejecución forzosa, sobre bienes propiedad de ésta.

En consecuencia, ateniendo a las consideraciones que anteceden y ante la imposibilidad de que la condena, contenida en el fallo definitivamente firme dictado en el presente proceso, pueda recaer sobre la empresa TASCA RESTAURANT BRUT ROYAL, quien no fue demandada, ni condenada en el presente proceso; Niega este Tribunal el pedimento realizado por la representación judicial de la parte actora, en cuanto a que la Ejecución Forzosa se realice en la empresa TASCA RESTAURANT BRUT ROYAL. Todo ello en el juicio incoado por la ciudadana JENNY MAGALY MONTILLA contra la empresa TASCA RESTAURANT BELLA NAPOLE,
EL JUEZ

ABG. ALCY SALAZAR LOZADA


LA SECRETARIA

ABG. OMAIRA ALEJANDRA URANGA