REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho (08) de diciembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-001662
PARTE ACTORA: MAIKEL RICO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RAYSABEL GUTIERREZ HENRIQUEZ, RAUL MEDINA, PATRICIA YAMILET ZAMBRANO, MIRNA PRIETO, XIOMARIS CASTILLO, MARIA CORREA, WILLIAM GONZALEZ, FABIOLA ALVAREZ, JUAN NETO, IBETH RENGIFO, MARJORIE REYES, JOSETTE MAGGIE GOMEZ HENRIQUEZ, DANIEL ALBERTO GINOBLE GOMEZ, LUISSANDRA MARTINEZ, MAURI BECERRA, MARYORI PARRA, CARLOS CARABALLO GAVIDIA, MARLENE RODRIGUEZ LOVERA
PARTE DEMANDADA: cMINISTERIO DE PPP LA SALUD Y PROTECCION SOCIAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: INGRID ROSALES, FRANCIS ACCARDI Y OTROS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.-
Hoy, 08 de diciembre de 2009 día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano MAIKEL RICO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.404.463, en su carácter de actor y los profesionales del derecho JUAN NETO, TRINO GUILARTE, INGRID ROSALES, inscritos en el IPSA bajo los N° 117.066, 30.211 y 85.932, respectivamente en su carácter de asistente del actor el primero y apoderado de la demanda los últimos según se desprende de instrumento poder que corre insertos al expediente, dándose así inicio a la audiencia. En este estado toma la palabra la parte actora y manifiesta que por cuanto la demandada ha procedido a dar cumplimiento a la providencia administrativa reenganchándolo en su trabajo, según lo evidencia en copia de notificación que le hizo la demandada, fechada 25 de noviembre de 2009, de la cual consigna copia simple en este acto, es por lo que desiste del presente procedimiento, en este estado toma la palabra la demandada quien conviene en el desistimiento de la parte actora. Siendo así este tribunal homologa el desistimiento del proceso y se le da fuerza de cosa juzga, se ordena una vez firme la presente acta que se proceda al cierre y archivo del expediente, se deja constancia de la devolución de las pruebas a las partes. Se terminó, se leyó y estando conformes firman.-
El Juez Titular
Abog. Aníbal F. Abreu Portillo
La Secretaria
Abog. Jeraldine Guidiño.
El actor y su asistente:
Los apoderados de la demandada:
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