REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, miércoles Dos (02) de Diciembre del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las Nueve de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada María Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular, Abogada Carmen Alarcón Reaño, de los Apoderados Judiciales de la Parte Actora, Abogados José R. Escobar y Juan Goncalves D´Ábreu, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nros. 51.103 y 47.703, y del funcionario de la Policía Metropolitana de Caracas, ciudadano: Ramón Guillen, cédula de identidad nro. 6.697.249, placa nro. 2184, adscrito a la Comisaría La Pastora, Municipio Libertador, en la siguiente dirección: “Casa destinada a vivienda, ubicada entre las equinas de Guanábano y el Embarcado, calle Oeste 11, Nº 14, Jurisdicción del la Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital”; a objeto de practicar la medida de ENTREGA MATERIAL, decretada por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del Juicio que por Cumplimiento de Contrato, sigue la ciudadana Evangelina Muiño de Rodríguez, contra el ciudadano: Eufracio Antonio Puente Puente, expediente Número: AP31-V-2008-000407.-Seguidamente a las puertas del inmueble supra-identificado, el Tribunal Ejecutor procedió a dar los toques de ley, siendo atendido su llamado por la ciudadana: Maria Elena Bastardo, identificada con la cédula de identidad nro. V-8.643.273, quien notificada de la misión del Tribunal y leído como fue el contenido del Despacho, manifestó ser la concubina del ciudadano Eufracio Puente Puente (Parte Demandada), y procedió a llamarlo vía telefónica, pidiendo al Tribunal un lapso para hacerse presente. Visto lo solicitado por la notificada, este Tribunal concede un lapso prudencial.- De seguidas, se hizo presente en este acto donde se encuentra constituido el Tribunal Ejecutor de Medidas, el ciudadano: Eufracio Antonio Puente Puente, identificado con la cédula de identidad nro. V-8.002.417, a quien se le notifico de la misión del Tribunal y leído como fue el contenido del Despacho, manifestó ocupar el inmueble, y que todos los bienes muebles que se encuentran dentro del inmueble son de su propiedad y procedería a trasladarlos bajo su riesgo y responsabilidad a la siguiente dirección: “Al Galpón Nº 2, Calle Real de Alta Vista, Catia, Municipio Libertador del Distrito Capital”.- Visto lo manifestado por el notificado demandado antes identificado, este Tribunal Ejecutor le informa que, antes de que comience a embalar los bienes muebles, proceda a recoger personalmente sus respectivos bienes de valor, dinero y su cartera personal.- Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada hace Entrega Material a la Parte Actora, en la persona de sus Apoderado Judiciales, Abogados José Escobar V y Juan Goncalves D´Abreu, antes identificados, del siguiente inmueble: “Casa destinada a vivienda, ubicada entre las equinas de Guanábano y el Embarcado, calle Oeste 11, Nº 14, Jurisdicción del la Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital”; quien lo recibe conforme en nombre de su representada, con las llaves de sus puertas principales.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal, ordena la devolución de la presente comisión a Causa. Da por terminado el acto, ordenando el regreso a su sede siendo las (2:00 p.m.). Termino; se leyó y conformes firman.-
Juez Titular Los Notificados


Los Apoderados Judiciales


El Funcionario Policial.


La Secretaria Titular.










Comisión: 2039-09
MCCM/Clar.-