REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, siete (07) de Diciembre de 2009.-
Años 199º y 150°
Vista la diligencia suscrita en fecha 04 de diciembre de 2009, por el abogado Fernando Lafee e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 127.841, mediante la cual solicitó sea librados los oficios correspondientes en virtud de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 02 de diciembre de 2009; De igual manera solicitó cinco (05) juegos de copia certificada de la referida Sentencia. Este Tribunal, acuerda de conformidad En consecuencia ordena, expedir por secretaría las copias certificadas con inserción de la diligencia que las solicita y del presente auto; Elabórense las copias por el procedimiento de fotostato, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio.
EL JUEZ
DR. VICTOR GONZÁLEZ JAIMES.
EL SECRETARIO.
Abg. RICHARS MATA.
VJG/RM/kl
Exp. Nº 9893
República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Caracas, siete (07) de diciembre de 2009
Años 199° y 150°
Oficio N°2009-A-
REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO MIRANDA
Su Despacho
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, copia certificada de la decisión dictada por este Tribunal en fecha dos (02) de diciembre de 2009, en el expediente signado con el N° 9893, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo de la solicitud de EXEQUATUR, interpuesto por el ciudadano Víctor Manuel Casal Aran contra la ciudadana Alejandra Gabaldon Pacheco, mediante la cual se concede fuerza ejecutoria en el país, a la sentencia civil de divorcio numero 977/08C3, de fecha dieciocho (18) de septiembre de 2008, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº Diez de los Alicante, España, dicha copia constante de ocho (08) folios útiles.-
Remisión que se hace, a los fines legales consiguientes
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
VGJ/RM/kl
EXP: 9893