REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de diciembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-005785
PARTE ACTORA: JORGE LUIS PEÑA DIAZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DEYVIS EDUARDO LOPEZ GONZALEZ
PARTE DEMANDADA: GLOBAL SHIPMANAGEMENT, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DANIEL FRAGIEL
MOTIVO: BENEFICIOS SOCIALES

En el día hábil de hoy diez (10) de diciembre de dos mil nueve (2009), siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada GLOBAL SHIPMANAGEMENT C.A., en la persona de DANIEL FRAGIEL, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 118.243, apoderado judicial de la empresa accionada, carácter el suyo que consta de instrumento poder el cual es consignado en este acto en copias simples de cuatro folios, previ la presentación de su original ad efectum videndi; igualmente, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.
El Juez

Abg. Juan Carlos Medina

El Apoderado de la Demandada

El Secretario