REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 43 de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de diciembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-S-2009-000766
Visto escrito transaccional presentado por la Abogada OLIMPIA BARRIOS IPSA N° 31.622, quien manifestó ser apoderado judicial de la parte demandada, y el Ciudadano ARGENIS ALIRIO ROJAS ROJAS, asistido en este acto por la Abogada MARIBEL HERNANDEZ IPSA N° 38.346, mediante la cual dejan constancia del pago único realizado a la parte actora, así mismo consigna copia simple del poder constante de tres (03) folio útiles y su vuelto, y anexos constante de nueve (09) folios útiles y su vuelto, asimismo el cierre y archivo del expediente, este Juzgado por cuanto considera la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. En consecuencia se ordenara el archivo del expediente una vez precluya el lapso para interponer los recursos en contra del presente auto.
La Juez
El Secretario
Abg. Lidsay Medina
Abg. Henry Jesús Castro Sánchez.
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