REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
PARTES ACTORA: SOCIEDAD MERCANTIL BANCO PROVINCIAL S.A.
BANCO UNIVERSAL
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES NICO C.A.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES
EXPEDIENTE Nº 13076
Maracay, 15 de Diciembre del 2009.-
199° y 150°
Vista la diligencia presentada por la abogado en ejercicio ASTRID BALDISSERA , inscrita en el inpreabogado bajo el N121.568, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento en el presente juicio, , y que riela al folio 88 del presente expediente, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación, y en consecuencia se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
EL JUEZ
ABG. RAMON CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO HERNANDEZ
RCP/nury
EXP. N° 13076
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