REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL
CON SEDE EN CARACAS
Años 199° y 150°
Parte accionante: Yuleida Guzmán, Miguel Castro, Ysrael B. Figueredo, Edgar Marín U., Ramón Cordero S., William Villarroel, Rafael Piñate G., Rafael A. Milano E., Juan Cadenas C., Pedro R. Anselmo M., José Del C. Guedez, Selenia Palomares, Ellen Azacon, Miguel Ramírez, Teófilo Rojas, Néstor Bohórquez, Freddy Flores, Simón Roa Bravo, Freddy Ortiz, Ana Teresa Tovar De Aguín, Edgar Bracamonte, Luís Urrieta P., Griselda Flores P., Ibeth Rangel Parra, Miguel Urbina M., Rodrigo Medicci A., Francisco Sánchez G., Carlos Acosta, Juan Acosta G., Nelshyr Zamora, Analu Medina V., Mario Ramsay H., Alvin Farfán F., Esther C. Monagas, Eleazar Moreno B., Jesús Rodríguez G., Iván J. Salazar M., Alberto Perdomo A., Víctor Mendoza C., Adriana Morillo, Simón Belisario Q., Deyanira Figuera S., Xiomara Acosta G., Melvin Urbina M., Carlos Araya, Pedro M. Castillo O., Oscar Montero A., Esmeralda Quiroz C., Adolfo Aveledo C., Marina Villanueva , Katiuska Villanueva F., Julio E. González Q., Oscar Silva V., Ricardo Cárdenas M., Reyes Cruz L., Mery Sánchez R., José J. González, Obdulio Lara, Eleazar Rodríguez B., Wilmer Colina C., Ramón Granadillo P., Aura Martínez De Ch., Jairo Velazco N., Wilfredo Crasto C., Carmen Piña R., María Rojas M., Fernando Reyes C., Jorge A. Figueroa, Mario Parra V., Jesús Tayupe Z., Alida Reyes C., José O. Sánchez P, Noraima Hernández, Carlos A. Palacios S., Betsy Morales Ch., Evelyn Pabon M., Katy Cevallos Z., Enrique Vargas S., José H. Baron G., Gregoria Ereu S., Sara M. Larrosa R., Yamisela Pastran A., Adrianne Hernández S., Xavier Matos, Mario Soto P., Willians Garrido, Ingrid Natera, Gerardo Canelón, Raúl Martínez, Mary S. Chacón, Wilman Pérez H., Yoomair Colmenares F., Marín Ocanto Y., Miriam Rivero Ramos, Elisa Tschupin M., Leydid Terán A., Rosa Oliveira C., Abdias Cisneros P., María Tschupin M., María Ramos S., Félix Martínez R., José R. Jaimes G., Alirio Belandria R., Luís Herrera Espinoza, Pedro Rojas M., Nuvia Dávila D., Franklin Ramírez, Sergio Laguna T., Julio Arteaga B., Ángel W. Parcesepe S., Manuel Zambrano N., Deisy Rojas L., Zoraida Rojas C., Francisco Silva M., Joanny M. Millán F., Irene Branchi M., Marisela Bermúdez P., Alexis A. Rodríguez A., Hernán Maneiro, Adel Yañez, Ennys M. Fernández C., Yony R. Gutiérrez S., Carlos Aponte O., Madelyn González, Víctor H. Márquez A., Violeta López, Robert Caraballo A., Aníbal González, Norelkis Ludovic C., Nivea D. Rodríguez, Edgar A. Ángulo, Carla Ferrer F., Alexis J. Vitela M., Luís R. Márquez, Younger Gómez, Marianella Pérez V., Harry Ramírez V., Simón J. Marval, Víctor Rodríguez G., Katiuska Perdomo C., Maure Escalona S., Moisés Contramaestre, Fulgencio Pereira F., Natalia Álvarez S., Mayerling Rodríguez A., José Yayes B., Luis González C., Carmen Romero, Yuly N. Sifontes, Romel Marcano M., Freddy Malavé Zapata, Alfredo Martínez M., Luis Salazar M., José Martínez A., Servio González A., Freddy Aguilera S., José R. Gutiérrez Q., Golfan Montoya O., José Sánchez S., Jesús Pineda C., Eduin Urdaneta G., Cruz Escalante, Rigoberto Pedraza Z., Alido Loaiza B., Leonardo Alcalde R., José Castro, Nancy E. Vera M., Héctor Pérez P., Judith Leal M., Jesús M. Zambrano, Américo Montilla R., Alexis Mejía, Antonio Linares L., Marina Terán P., Darío Yglesias C., Hoglath Mendoza R., César Landaeta M., Gustavo Bracamonte, Adriana Rodríguez M., Luis Cauterucce E., Maribel Mayora V., Alex Zambrano N., Claudia Abache L., Luis Chacón P., Alfonso Romero D., Carlos Armas R., Adolfo Fermín G., Henry Rodríguez M., Víctor Arrieta C., Adriana Ramírez M., Harriynson Salazar A., Daniel Vásquez L., Fidel Herrera R., Carmen Martínez R., Darwin Lozano G., Pedro Linares N., Iván Rivas V., Rosmar Contreras F., Thamara Bustillos, Renny Méndez Duran, Franger Sifontes M., Carlos A. Mendible S., Jesús García C., Alberto Arias O., Carlos Contreras V., Rodney Rodríguez, Ramón Urdaneta, Rubén D. Villamizar V., Leonardo Guerrero D., Marcelina Díaz L., Isabel Tete D., Julio Lofzang T., Antonio L. Bautista, Nelly Arrieta, Raumel Romero, Gustavo Vivas Chacón, María García, Luis Romero A., Argenis Moreno D., David J. Suárez, Rafael Quintero, Oswaldo Alvarado Q., José León C., Eldrys Hernández, José Ortega, Daniel Dos Ramos, Emir Stanford, Ramón Suárez, Danilo Macero, Samuel Sánchez, Jairo Escala, Ramón Cordero, Zully Sánchez, Katiuska Mercedes Marquina Pascuales, Baltra Josefina González De Sánchez, Rafael González, Rigoberto Belisario, Luis Efrén Bolívar Urbaneja, Hercilia Vargas, Hernán Arraiz, Alis Dasilva, Sonia Amarilis Páez Caldera, Jairo Carbono R., Andrés Castro D., Pedro Castro, Carlos Rojas, Boris Belisario, Moisés Olivo, Porfirio Pabon, Luis Rodríguez, Lino Fuenmayor, José Gómez Sánchez, José Gutiérrez, Leonardo Rodríguez, Junel Martínez, Carlos Cuencas, Pedro Martínez, Diomar José Meza Y Humberto Vargas, Titulares De Las Cédulas De Identidad Nos. 8.403.325, 3.944.992, 8.969.383, 8.221.149, 9.869.026, 1.566.531, 4.139.836, 4.140.757, 9.869.192, 7.994.911, 9.576.318, 10.108.879, 8.889.036, 10.066.915, 4.830.195, 9.598.123, 5.736.046, 8.184.585, 5.733.525, 4.142.900, 5.781.308, 3.719.677, 10.045.436, 10.720.186, 10.040.471, 5.019.570, 2.398.314, 4.217.312, 8.892.061, 8.891.994, 8.895.436, 6.514.076, 8.882.616, 8.884.014, 8.904.160, 4.693.238, 645.235, 4.912.015, 3.845.010, 7.176.955, 8.471.618, 8.933.556, 10.049.977, 10.049.166, 9.661.680, 1.569.102, 4.455.105, 7.206.332, 9.654.198, 5.704.695, 10.954.018, 3.226.046, 5.010.526, 11.016.122, 2.868.671, 10.229.322, 1.386.149, 4.512.027, 1.421.115, 7.526.154, 5.584.289, 4.795.771, 5.317.564, 3.829.284, 4.788.625, 4.645.342, 4.643.732, 3.678.068, 6.532.930, 8.420.344, 4.643.733, 5.384.316, 4.384.064, 5.257.476, 4.787.884, 10.778.271, 7.403.569, 7.495.692, 9.192.625, 9.537.454, 9.541.565, 10.775.253, 10.843.265, 7.588.012, 8.678.228, 3.912.583, 10.513.586, 5.246.551, 3.158.201, 4.632.651, 5.667.117, 8.461.964, 5.493.434, 7.441.501, 7.445.684, 7.915.325, 10.043.501, 10.708.368, 11.425.134, 11.935.222, 3.423.796, 4.113.937, 4.486.793, 8.042.159, 8.026.690, 8.038.768, 9.497.720, 9.426.569, 8.103.622, 5.024.131, 5.448.752, 7.781.891, 9.326.366, 8.378.229, 8.391.012, 6.093.874, 7.994.762, 3.971.615, 4.687.125, 3.823.543, 5.881.853, 8.383.425, 10.584.593, 10.481.116, 5.352.853, 5.574.398, 6.895.468, 7.990.814, 9.726.932, 3.825.408, 5.024.572, 11.439.346, 5.479.814, 8.484.567, 8.385.421, 9.429.371, 8.515.357, 5.482.071, 3.824.086, 9.993.872, 4.239.721, 5.115.807, 7.269.409, 10.575.644, 9.644.703, 2.201.489, 5.129.640, 1.223.175, 5.898.013, 4.297.834, 3.425.579, 4.945.533, 11.064.455, 5.911.820, 4.218.435, 5.701.175, 1.722.867, 4.093.136, 4.113.954, 8.100.062, 8.108.543, 2.553.890, 3.996.663, 7.899.176, 9.233.846, 8.098.539, 5.283.914, 4.091.654, 4.661.519, 5.124.963, 2.611.681, 4.324.055, 9.014.267, 3.524.084, 4.018.433, 7.999.738, 10.577.659, 9.134.354, 10.332.282, 6.497.363, 6.498.448, 7.896.228, 7.996.207, 9.240.270, 9.437.974, 9.668.104, 10.866.081, 11.056.964, 11.058.737, 11.059.952, 11.063.613, 11.983.029, 7.233.518, 10.872.755, 11.666.169, 8.678.011, 6.017.357, 9.482.335, 8.514.491, 11.926.686, 7.106.995, 2.477.535, 10.583.418, 11.676.968, 5.032.722, 6.292.545, 4.150.092, 5.646.073, 5.646.831, 4.156.776, 5.058.944, 5.064.123, 3.710.593, 4.523.931, 7.708.527, 8.105.962, 9.726.976, 7.638.941, 5.048.579, 3.371.992, 1.805.984, 4.333.421, 5.559.390, 7.901.432, 4.824.780, 7.996.745, 5.549.110, 5.090.330, 9.411.662, 4.208.283, 5.649.465, 2.183.264, 9.515.460, 10.629.522, 3.412.882, 3.170.025, 3.018.667, 1.157.737, 7.473.990, 4.268.040, 4.038.967, 6.452.187, 7.736.102, 4.906.860, 4.213.153, 8.896.721, 8.851.793, 1.568.395, 1.535.186, 8.894..240, 4.580.449, 4.151.617, 1.722.867, 9.646.097, 11.638.223, 9.928.648, 9.508.648, 8.469.276 Y 4.642.634, Respectivamente
Apoderado Judicial: Teresita López Francis, Rafael Pablo Pino López, Reyes Esperanza Cuchilla Sánchez y Del Valle Narváez Francis, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los Nros. 38.003, 98.715, 33.177 y 113.652, respectivamente.
Parte accionada: República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para laS Obras Públicas y Vivienda.
Apoderado Judicial: María Eugenia Peña Valera; Ana Vejar, Carmen Negre y otros, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo los Nros. 52.044, 42.223 y 50.592, respectivamente.
Motivo: Recurso por Abstención o Carencia.
Expediente Nº 2009- 992.
Sentencia Interlocutoria.
I
ANTECEDENTES
Se inicia la presente causa, mediante escrito presentado por ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 15 de octubre de 2008, por los abogados Teresita López Francis, Rafael Pablo Pino López, Reyes Esperanza Cuchilla Sánchez y Del Valle Narváez Francis, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los Nros. 38.003, 98.715, 33.177 y 113.652, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos Yuleida Guzmán, Ysrael B. Figueredo, Edgar Marín U., y otros, contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura.
El 14 de octubre de 2008, se dio cuenta en Sala y se ordenó oficiar al entonces Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, para solicitarle la remisión de los antecedentes administrativos.
Por oficio N° 008105 del 20 de noviembre de 2008, recibido ese mismo día, el prenombrado Ministerio informó que “en virtud del volumen de expedientes solicitados, (…) enviará las copias de los mismos en forma progresiva, por lo que” remitió copia certificada de diecisiete (17) de los expedientes solicitados.
A través de oficio N° 008129 del 21 de noviembre de 2008, recibido el día 24 de ese mismo mes y año, se remitieron otros veinte (20) expedientes administrativos.
Luego, el 25 de noviembre de 2008, se ordenó agregarlos a los autos y formar pieza separada con los mismos.
En fecha 26 de noviembre de 2008, adjunto a oficio N° 008386 fueron recibidos treinta y ocho (38) expedientes administrativos adicionales en copias certificadas.
El 27 de noviembre de 2008, se ordenó agregarlos a los autos y formar pieza separada con los mismos. En esa misma fecha, se pasó el expediente al Juzgado de Sustanciación.
Posteriormente, por auto del 9 de diciembre de 2008, se admitió cuanto ha lugar en derecho la presente acción y se ordenó citar a la Procuradora General de la República, al Fiscal General de la República y al entonces Ministro del Poder Popular para la Infraestructura. Asimismo, se ordenó librar el cartel al que alude el aparte undécimo del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.
Practicadas las citaciones ordenadas, el 28 de abril de 2009 fue librado el respectivo cartel de emplazamiento, siendo retirado, publicado y consignado en tiempo hábil.
Mediante diligencia de fecha 28 de mayo de 2009, la abogada Eurídice Civira Esculpi, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 23.981, consignó Oficio Poder N° G.G.L-C.C.A. 000439, que acredita su representación como sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República.
El 7 de julio de 2009, las partes consignaron sus respectivos escritos de promoción de pruebas, los cuales fueron reservados hasta el día siguiente al vencimiento del lapso de promoción.
Vencido el lapso indicado, el 8 de julio de 2009 fueron agregados a los autos los señalados escritos.
Luego, en fecha 9 de julio de 2009, el Juzgado de Sustanciación acordó remitir las actuaciones a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, para revisar su competencia en virtud de la sentencia N° 00432 dictada por ese órgano jurisdiccional en fecha 1° de abril de 2009.
Por auto de fecha 30 de julio de 2009, se pasaron los autos a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
El 6 de agosto de 2009, se dio cuenta en Sala y se designó ponente al Magistrado Hadel Mostafá Paolini, que decidiera lo relativo a la competencia de esa Sala para seguir conociendo del caso planteado en autos, quien al efecto declinó la competencia en los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, tal como consta en decisión dictada el pasado 06 de Octubre del corriente año, ordenando al Tribunal que correspondiera conocer de la causa, previa distribución de causa, continuar con la sustanciación del expediente al estado de fijar lapso para el inicio de la etapa procesal probatoria.
En fecha 03 de noviembre de 2009, la Sala Político Administrativa libró Oficio Nº 3938, dirigido a la sede distribuidora de esta jurisdicción, mediante el cual remite el expediente judicial contentiva de la presente causa, recibiéndose por dicha sede de turno el pasado 01 del mes y año en curso. El Juzgado Superior Primero en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, actuando como distribuidor de turno, procedió a realizar en esa misma fecha, ordenó el registro de la causa en el libro correspondiente y acordó su distribución, correspondiendo el conocimiento de la misma a este Despacho Judicial, quien le dio entrada en fecha 01 del mes y año que discurren.
II
DE LA COMPETENCIA
En virtud de la declinatoria de competencia por parte de nuestra cúspide Sala Política Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en decisión dictada el 06 de octubre del corriente año y, siendo la competencia materia de orden público este Tribunal pasa de seguidas a explanar las siguientes consideraciones.
Se observa que la presente causa, versa entre otros, sobre la pretendida homologación de las pensiones de jubilación de los ciudadanos Yuleida Guzmán, Ysrael B. Figueredo, Edgar Marín U., y otros antes identificados, dirigidas contra el Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda.
Ahora bien, en Sentencia Nº 01910 de fecha 27 de julio de 2006, dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia conjunta, se impuso la necesidad de analizar los criterios que venían utilizando para casos en los que estuvieran involucrados funcionarios que prestaban servicios en cargos pertenecientes al Cuerpo de Control de Navegación Aérea del Ministerio hoy recurrido, por ser parte integrante de los cuerpos de seguridad del Estado, a quienes se les venía aplicando un régimen laboral administrativo especial, separado de la legislación que regula comúnmente a los funcionarios públicos, siendo que hasta entonces era competencia de esa Sala conocer de tales casos.
Una vez analizado dichos criterios, la Sala Político Administrativa concluyó que en definitiva se trataban de relaciones funcionariales, puesto que lo debatido tiene su asidero en una relación de empleo público, por lo que le eran aplicables las normas establecidas en la Ley del Estatuto de la Función Pública. En consecuencia, fijó que a partir del 1 de octubre del año 2006, las acciones o recursos ejercidos por los funcionarios o empleados del Cuerpo de Control de Navegación Aérea adscritos al Ministerio de Infraestructura, hoy Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, con ocasión de la relación de empleo con dicho organismo, debían ser conocidas por estos Tribunales.
Con vista a tales razonamientos y por cuanto los hoy recurrentes prestaron sus servicios dentro del Cuerpo de Control de Navegación Aérea adscritos al Ministerio recurrido, este Tribunal conforme a lo preceptuado en Sentencia N° 01910 de fecha 27 de Julio de 2006 dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, se acredita la competencia para conocer, sustanciar y decidir la presente y en consecuencia acepta la declinatoria que le fuere hecha por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en decisión de fecha 06 de octubre del año en curso.
Visto lo anterior y por cuanto nuestra cúspide en la referida decisión ordenó al Tribunal de la causa, continuar con la sustanciación de la misma, revisada como fueron las actas procesales de la presente causa, se evidencia que en fecha 07 de julio de 2009 precluyó el lapso de promoción de pruebas, y que en fecha 09 de julio de 2009 el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa quien conocía para la fecha de las actuaciones procesales, remite la causa a la Sala del Tribunal in comento, sin pronunciarse respecto a la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, es por lo que este Tribunal ordena notificar a las partes para ponerlos a derecho y una vez conste en autos la práctica de dichas notificaciones, el Tribunal procederá dentro de los tres (3) días de despacho siguientes, al pronunciamiento sobre la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes en la presente causa, a tenor de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
III
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con Sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Aceptar la Competencia que le fuere declinada por la Sala Política Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia dictada el 06 de Octubre del año en curso. Por cuanto una vez conste en autos la práctica de la notificación de las partes, el Tribunal procederá dentro de los tres (3) días de despacho siguientes, al pronunciamiento sobre la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes en la presente causa, a tenor de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Segundo: Se ordena practicar la notificación del contenido del presente fallo, a los ciudadanos Yuleida Guzmán, Miguel Castro, Ysrael B. Figueredo, Edgar Marín U., Ramón Cordero S., William Villarroel, Rafael Piñate G., Rafael A. Milano E., Juan Cadenas C., Pedro R. Anselmo M., José Del C. Guedez, Selenia Palomares, Ellen Azacon, Miguel Ramírez, Teófilo Rojas, Néstor Bohórquez, Freddy Flores, Simón Roa Bravo, Freddy Ortiz, Ana Teresa Tovar De Aguín, Edgar Bracamonte, Luís Urrieta P., Griselda Flores P., Ibeth Rangel Parra, Miguel Urbina M., Rodrigo Medicci A., Francisco Sánchez G., Carlos Acosta, Juan Acosta G., Nelshyr Zamora, Analu Medina V., Mario Ramsay H., Alvin Farfán F., Esther C. Monagas, Eleazar Moreno B., Jesús Rodríguez G., Iván J. Salazar M., Alberto Perdomo A., Víctor Mendoza C., Adriana Morillo, Simón Belisario Q., Deyanira Figuera S., Xiomara Acosta G., Melvin Urbina M., Carlos Araya, Pedro M. Castillo O., Oscar Montero A., Esmeralda Quiroz C., Adolfo Aveledo C., Marina Villanueva , Katiuska Villanueva F., Julio E. González Q., Oscar Silva V., Ricardo Cárdenas M., Reyes Cruz L., Mery Sánchez R., José J. González, Obdulio Lara, Eleazar Rodríguez B., Wilmer Colina C., Ramón Granadillo P., Aura Martínez De Ch., Jairo Velazco N., Wilfredo Crasto C., Carmen Piña R., María Rojas M., Fernando Reyes C., Jorge A. Figueroa, Mario Parra V., Jesús Tayupe Z., Alida Reyes C., José O. Sánchez P, Noraima Hernández, Carlos A. Palacios S., Betsy Morales Ch., Evelyn Pabon M., Katy Cevallos Z., Enrique Vargas S., José H. Baron G., Gregoria Ereu S., Sara M. Larrosa R., Yamisela Pastran A., Adrianne Hernández S., Xavier Matos, Mario Soto P., Willians Garrido, Ingrid Natera, Gerardo Canelón, Raúl Martínez, Mary S. Chacón, Wilman Pérez H., Yoomair Colmenares F., Marín Ocanto Y., Miriam Rivero Ramos, Elisa Tschupin M., Leydid Terán A., Rosa Oliveira C., Abdias Cisneros P., María Tschupin M., María Ramos S., Félix Martínez R., José R. Jaimes G., Alirio Belandria R., Luís Herrera Espinoza, Pedro Rojas M., Nuvia Dávila D., Franklin Ramírez, Sergio Laguna T., Julio Arteaga B., Ángel W. Parcesepe S., Manuel Zambrano N., Deisy Rojas L., Zoraida Rojas C., Francisco Silva M., Joanny M. Millán F., Irene Branchi M., Marisela Bermúdez P., Alexis A. Rodríguez A., Hernán Maneiro, Adel Yañez, Ennys M. Fernández C., Yony R. Gutiérrez S., Carlos Aponte O., Madelyn González, Víctor H. Márquez A., Violeta López, Robert Caraballo A., Aníbal González, Norelkis Ludovic C., Nivea D. Rodríguez, Edgar A. Ángulo, Carla Ferrer F., Alexis J. Vitela M., Luís R. Márquez, Younger Gómez, Marianella Pérez V., Harry Ramírez V., Simón J. Marval, Víctor Rodríguez G., Katiuska Perdomo C., Maure Escalona S., Moisés Contramaestre, Fulgencio Pereira F., Natalia Álvarez S., Mayerling Rodríguez A., José Yayes B., Luis González C., Carmen Romero, Yuly N. Sifontes, Romel Marcano M., Freddy Malavé Zapata, Alfredo Martínez M., Luis Salazar M., José Martínez A., Servio González A., Freddy Aguilera S., José R. Gutiérrez Q., Golfan Montoya O., José Sánchez S., Jesús Pineda C., Eduin Urdaneta G., Cruz Escalante, Rigoberto Pedraza Z., Alido Loaiza B., Leonardo Alcalde R., José Castro, Nancy E. Vera M., Héctor Pérez P., Judith Leal M., Jesús M. Zambrano, Américo Montilla R., Alexis Mejía, Antonio Linares L., Marina Terán P., Darío Yglesias C., Hoglath Mendoza R., César Landaeta M., Gustavo Bracamonte, Adriana Rodríguez M., Luis Cauterucce E., Maribel Mayora V., Alex Zambrano N., Claudia Abache L., Luis Chacón P., Alfonso Romero D., Carlos Armas R., Adolfo Fermín G., Henry Rodríguez M., Víctor Arrieta C., Adriana Ramírez M., Harriynson Salazar A., Daniel Vásquez L., Fidel Herrera R., Carmen Martínez R., Darwin Lozano G., Pedro Linares N., Iván Rivas V., Rosmar Contreras F., Thamara Bustillos, Renny Méndez Duran, Franger Sifontes M., Carlos A. Mendible S., Jesús García C., Alberto Arias O., Carlos Contreras V., Rodney Rodríguez, Ramón Urdaneta, Rubén D. Villamizar V., Leonardo Guerrero D., Marcelina Díaz L., Isabel Tete D., Julio Lofzang T., Antonio L. Bautista, Nelly Arrieta, Raumel Romero, Gustavo Vivas Chacón, María García, Luis Romero A., Argenis Moreno D., David J. Suárez, Rafael Quintero, Oswaldo Alvarado Q., José León C., Eldrys Hernández, José Ortega, Daniel Dos Ramos, Emir Stanford, Ramón Suárez, Danilo Macero, Samuel Sánchez, Jairo Escala, Ramón Cordero, Zully Sánchez, Katiuska Mercedes Marquina Pascuales, Baltra Josefina González De Sánchez, Rafael González, Rigoberto Belisario, Luis Efrén Bolívar Urbaneja, Hercilia Vargas, Hernán Arraiz, Alis Dasilva, Sonia Amarilis Páez Caldera, Jairo Carbono R., Andrés Castro D., Pedro Castro, Carlos Rojas, Boris Belisario, Moisés Olivo, Porfirio Pabon, Luis Rodríguez, Lino Fuenmayor, José Gómez Sánchez, José Gutiérrez, Leonardo Rodríguez, Junel Martínez, Carlos Cuencas, Pedro Martínez, Diomar José Meza Y Humberto Vargas, antes identificados, en forma personal o a través de cualesquiera de sus apoderados judiciales. Asimismo se ordena practicar la notificación bajo oficio del Ministerio Del Poder Popular para la Infraestructura, así como la Procuraduría General de la República.
Así se decide.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese y déjese copia certificada
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con Sede en Caracas. En la ciudad de Caracas, a los Cuatro (04) días del mes de diciembre del año dos mil nueve (2009). Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZA SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA RODRÍGUEZ
LA SECRETARIA,
ABOG. ANNY SOFÍA GARRIDO
En esta misma fecha, 04 de diciembre de 2009, siendo la 3:00 post meridiem, previo el cumplimiento de las formalidades de ley, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
ABOG. ANNY SOFÍA GARRIDO
Sentencia Interlocutoria
Materia: Contencioso Administrativo Funcionarial
Exp. Nº 2009- 977
MGR / opacmanu
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