REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITANTES: MARIO EDUARDO MACABIS PERAZA y SELAYDA DEL
CARMEN GUARACHE MORENO.
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS.
EXPEDIENTE N°: 10.308.
Maracay, 17 de Diciembre de 2009.
199° y 150°

Por presentada la anterior solicitud por los Ciudadanos MARIO EDUARDO MACABIS PERAZA y SELAYDA DEL CARMEN GUARACHE MORENO, Venezolanos, Mayores de Edad, Cónyuges, de este domicilio, Titulares de la Cédulas de Identidad N° V-12.274.789 y V-12.268.732, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogado en Ejercicio DORIEN MILANO OSORIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.803, se le da entrada a la misma. Leídoles la solicitud a los comparecientes manifestaron su conformidad, por lo que este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la SEPARACIÓN DE CUERPOS, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 762 Parágrafo Primero del Código de Procedimiento Civil, entre los ciudadanos mencionados, cuyo matrimonio se verificó por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Caripe del Estado Monagas, en fecha 31 de Marzo de 2007. Expídanse las copias que soliciten las partes.
La Juez,

Abg. Mary Fernández Paredes.
La Secretaria,

Abg. Kristel Vásquez Fossi.



MFP/KVF/Arme
Exp. 10.308