REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, veinte (20) de enero de 2009.
198º y 149º

N° DE EXPEDIENTE: DP31-L-2008-000142
PARTE ACTORA: JOSE RAUL DURAN, titular de la cédula de identidad no. V-11.266.434
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: KATIUSCA CHIRINOS JIMENEZ, Inpreabogado No. 94.267
PARTE DEMANDADA: MONTAÑES GRUPO INDUSTRIAL, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROSMAR GOMEZ PLESSMANN, Inpreabogado No. 78.647
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, martes, veinte (20) de enero de 2009, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 am.), día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia de Juicio con motivo de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano JOSE RAUL DURAN, titular de la cédula de identidad no. V-11.266.434 contra la SOCIEDAD DE COMERCIO MONTAÑES GRUPO INDUSTRIAL, S.A., se constituye el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la sala de audiencias, presidida por la jueza Dra. MARGARETH BUENAÑO, con el secretario Abg. GIOVANNI RUOCCO, y del alguacil FRANCISCO MEZA, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la audiencia de juicio. El secretario designado deja constancia que en la sala de audiencias se encuentran presentes los siguientes ciudadanos: Por la parte demandante: SE DEJA CONSTANCIA EXPRESA DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA, NI POR SÍ NI POR APODERADO JUDICIAL ALGUNO; y por la demandada: ROSMAR GOMEZ PLESSMANN, Inpreabogado No. 78.647, actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa MONTAÑES GRUPO INDUSTRIAL, S.A.. En este estado la Jueza Segunda de Primera Instancia de Juicio DRA. MARGARETH BUENAÑO, se pronuncia al respecto: Vista la incomparecencia de la parte actora a la celebración de la audiencia de juicio y sobre la base de lo establecido en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA LA ACCIÓN en la demanda incoada por el ciudadano JOSE RAUL DURAN, titular de la cédula de identidad no. V-11.266.434 contra la SOCIEDAD DE COMERCIO MONTAÑES GRUPO INDUSTRIAL, S.A. Se deja constancia que en la presente audiencia se dio cumplimiento a lo previsto en artículo 162 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, pues fue reproducida en forma audiovisual. Es todo. Terminó se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA,

Dra. MARGARETH BUENAÑO.

APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA,
SECRETARIO.

ABG. GIOVANNI RUOCCO.
ALGUACIL.

TECNICO AUDIOVISUAL.

ASUNTO: DP31-L-2008-000142
MB/g.r/abog. Yaritza Barroso