JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, NUEVE DE ENERO DEL DOS MIL NUEVE. .
198º y 149º
Vista la anterior diligencia, suscrita por la abogada EVA VELASQUEZ, de este domicilio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 72.853, actuando con el carácter de apoderado Judicial de la parte demandante sociedad mercantil MI CASA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, C.A., plenamente identificada en autos, donde desiste de la presente acción y por cuanto tal desistimiento no es contrario a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento en todas y cada una de su partes . Téngase la presente como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Igualmente, se acuerda devolver por secretaría previa certificación en autos los documentos originales solicitados. Se acuerda el archivo del expediente.
Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
LA SECRETARIA,
YOHISKA MUJICA.
EXP. Nro. 31.112
Elaborado por luz y.
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