SENTENCIA
N° DE EXPEDIENTE:NP11-L-2008-001602
PARTE ACTORA:CANDELARIO ZARAGOZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES ORIENTE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES ORIENTE, C.A. y CANDELARIO ZARAGOZA
MOTIVO: Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy, ocho (08) de enero de dos mil nueve (2009), siendo las 9:45 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano CANDELARIO ZARAGOZA, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, asimismo, se deja constancia de la comparecencia del Abogado JULIO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89, 221, en su condición de Procurador del Trabajo, quien no presento documento poder que lo acredite como apoderado de la parte demandante. Igualmente, se deja constancia de la comparecencia del Abog. ERRICO CHEO DESIDERIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.284, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada Empresa SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES DE ORIENTE SYCO, C.A., según consta de documento poder consignado en copia simple, constante de tres (03) folios útiles, en consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
LA JUEZA
Abg. ZULLYS MOY
EL SECRETARIO
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