N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2008-001482.
PARTE ACTORA: CARMEN MARIA MORENO GUERRA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.586.510 y de este domicilio.
ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Abogado TRIXIMAR MUNDARAIN, Procuradora de Trabajadores del Estado Monagas, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el número: 98.772 y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES JILDALHO.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. MARIOLY FLORES, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 100.684 y de este domicilio.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy (21) de Enero de 2009, siendo las 09:30 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio Audiencia Preliminar, comparecen a la misma la Abog. MARIOLY FLORES, antes identificada, por la parte demandada. Se deja constancia de que la ciudadana CARMEN MARIA MORENO GUERRA, parte demandante, no comparecio a esta audiencia, ni por si, ni por Apoderado alguno. Este tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistido el procedimiento y terminado e1 proceso. En este acto este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, en virtud de lo antes expuesto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Siendo las 09:45 A.M. se cierra el presente acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
Se hace constar que el lapso para ejercer los recursos a que haya lugar empezará a contarse a partir del día hábil después de publicada esta Sentencia.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. HUMBERTO A. GARCIA R.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA.
EL SECRETARIO (A)
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