ASUNTO: AP21-L-2008-002121
Vista la diligencia presentado en fecha 26 de Enero de 2009 por los ciudadanos YASNAIA VILLALOBOS MONTIEL, abogada, identificado con el IPSA N°.117., actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora en la presente causa, ciudadana MAIRÚ COROMOTO GRATEROL BARRIOS, Venezolana, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°:V-13.641.852, y ALFREDO DE ARMAS BASTERRECHEA, Abogado, identificado con el IPSA N°. 22.804, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., mediante la cual se da cumplimiento con el pago acordado en la transacción celebrada por las partes en fecha 27 de octubre de 2008, por la cantidad de (Bs. F 1.00.000,00), la cual es aceptada por la actora. En consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA el presente pago, dándole efectos de cosa juzgada. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente en el. Así se establece.
El Juez
Abg. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
La Secretaria
Abg. Ibraisa Plasencia Rendón.
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