REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, Ocho (08) de Enero de dos mil nueve (2009)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2008-014121
Examinas las actas procesales del presente asunto y vista la diligencia de fecha 13 de noviembre de 2008, consignada por el ciudadano EUGENIO HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 47.918 y en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ENRIQUE JOSE GARCIA CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.863.972, mediante la cual desiste de la demanda de Ofrecimiento de Obligación de Manutención que intento en contra de la ciudadana BELZAMIA ELIZABETH CONTRERAS LOPEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-10.516.856. En consecuencia, esta Sala de Juicio II del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes, dicho desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena la devolución de los originales previa certificación por Secretaria. Se acuerda el cierre y archivo del presente expediente, una vez que la presente decisión haya adquirido el carácter de firmeza. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
Abg. SUHAIL ABREU NUÑEZ
LA SECRETARIA
Abg. SORAYA ANDRADE
SAN//SA//Maria Elena*
AP51-V-2008-014121
Motivo: Ofrecimiento de Obligación de Manutención.
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