REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XIII
Caracas, 14 de enero de 2009
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2009-000321
Vista la Autorización para Pasaporte, suscrita por la ciudadana VERONICA MARIA OROZCO ALIENDRES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 13.127.787, actuando en su carácter de madre y representante legal de los niños, asistidos en este acto por la Abg. ENGRID GONZALEZ COLMENARES, actuando en su carácter de Fiscal Centésima Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicita la autorización judicial para la tramitación del pasaporte de sus hijos. En consecuencia, esta Sala de Juicio acuerda autorizar ampliamente a la ciudadana VERONICA MARIA OROZCO ALIENDRES, anteriormente identificada, para que pueda tramitar la expedición del pasaporte de los niños de autos, ante las autoridades correspondientes, por lo que queda sustituido por orden de este Tribunal el consentimiento del padre para la expedición del citado documento antes las autoridades de Identificación correspondientes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese oficio a la Dirección de Identificación y Extranjería (DIEX), a los fines de informarle de la presente decisión, y para la entrega de dicho oficio se nombra como correo especial a la ciudadana VERONICA MARIA OROZCO ALIENDRES. Remítase mediante oficio a la Oficina de Atención al Público, copia certificada de la presente decisión. Cúmplase -.
LA JUEZ,

ABG. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN.
LA SECRETARIA,

ABG. YUGARIS CARRASQUEL.
JQA/Kristian Castellanos
AP51-S-2009-000321