REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete (27) de Enero de 2009
198º y 149

Asunto N° AP41-U-2008-000648.- INTERLOCUTORIA Nº 10.-

Visto el Escrito de Promoción de Pruebas presentado en fecha quince (15) de Enero de 2009, por el ciudadano CRISTOBAL BREWER, titular de la cédula de identidad N° 12.072.816 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 83.042, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la contribuyente “SAVAKE, C.A.”; por cuanto dicha prueba en su contenido no es manifiestamente ilegal ni impertinente en los términos abajo expuestos, el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
La evacuación de la prueba promovida se realizará de la siguiente manera:

I.- MERITO FAVORABLE DE LOS AUTOS: Se reproduce el mérito favorable de los autos y en especial el señalado en el Capítulo I del Escrito de Promoción de Pruebas.-
El Juez Temporal,

Gabriel Ángel Fernández R.- La Secretaria Suplente,

Judith Hidalgo Jiménez.-





Asunto N° AP41-U-2008-000648.-
GFR/dgo.-