REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de Enero de 2009
198º y 149º

Asunto N° AP41-U-2008-000671.- INTERLOCUTORIA Nº 03

Visto el Escrito de Promoción de Pruebas presentado en fecha cuatro (04) de Diciembre de 2008, por los ciudadanos RODOLFO PLAZ ABREU, LEONARDO PALACIOS MÁRQUEZ y JUAN KORODY TAGLAIFERRO, titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.967.035, 5.530.995 y 12.918.554 e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 12.870, 22.646 y 112.054, respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la contribuyente “BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL”; por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.

La evacuación de las pruebas promovidas se realizará de la siguiente manera:

1.- PRUEBA DE EXPERTICIA CONTABLE: A los efectos de la evacuación de la Prueba de Experticia Contable promovida en el Capítulo I del Escrito de Promoción de Pruebas, de conformidad con lo establecido en el artículo 452 del Código de Procedimiento Civil, aplicable a estos procesos por remisión expresa del artículo 332 del vigente Código Orgánico Tributario, se fija el Segundo (2do.) día de Despacho siguiente al de hoy, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), para que tenga lugar el Acto de Nombramiento de Experto o Expertos que han de realizar dicha prueba.-

2.- PRUEBA DE EXHIBICION: A los efectos de la evacuación de la Prueba de Exhibición promovida en el Capítulo II del Escrito de Promoción de Pruebas, de conformidad con lo establecido en el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil, aplicable a estos procesos por remisión expresa del artículo 332 del vigente Código Orgánico Tributario, se ordena oficiar al Superintendente del Servicio Metropolitano de Administración Tributaria de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, a los fines de que a las once de la mañana (11:00 a.m.) del décimo (10 mo.) día de Despacho siguiente, contados a partir del recibo del respectivo oficio y de la constancia en autos de haberse recibido el mismo, Exhiba o entregue a este Órgano Jurisdiccional, el Expediente Administrativo formado con ocasión de la expedición de los Actos Administrativos impugnados. Líbrese Oficio.-
El Juez Temporal,

Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.- La Secretaria Suplente,

Judith Hidalgo Jiménez.-











ASUNTO N° AP41-U-2008-000671.-
GAFR/dgo.-