REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CAPITAL. Caracas, veintinueve (29) de enero de dos mil nueve (2009).

198° y 149°

Vista la diligencia estampada por la abogada DESIREE COSTA FIGUEIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 112.039, actuando en su propio nombre y representación, mediante la cual desiste de la querella interpuesta. Este Tribunal lo da por consumado, y en consecuencia homologa dicho desistimiento, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.

Remítanse los expedientes, en su oportunidad a la oficina respectiva, bajo Oficio.
LA JUEZA PROVISORIA,


LA SECRETARIA,






Exp. N° 006191
CAG/Belitza.