REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL. Caracas, veintiuno (21) de enero de dos mil nueve (2009).-
198° y 149°
Estando dentro del lapso de cinco (5) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública; este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella interpuesta por la abogada KEILA LUCIA PÉREZ RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 52.358, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano JUAN DE JESUS RIVERO, titular de la cédula de identidad Nro. 4.132.586, contra el Acto Administrativo de efectos particulares de remoción contenido en el oficio Nro REC-INT/067/2008 y en resolución administrativa Nro. CUO-007-123-IV-2008, emitida en sección ordinaria CUO-007-2008, de fecha 23 de abril de 2008, suscrito por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental Marítima del Caribe.-
EL JUEZ
JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY
EL SECRETARIO
CARLOS B. FERMÍN P.
EXP. 08-2274/ajcc.-