REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta de enero de 2009
198º y 149º

Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-002047

PARTE ACTORA: JOEL ALEXANDER SOLORZANO RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.164.422.-

APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MARIA SUAZO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.410.-

PARTE DEMANDADA: TERRAZAS STEAK HOUSE C.A., sociedad mercantil, inscrita en el Registro Mercantil V de la circunscripción judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 23 de julio de 2003, bajo el N° 45, Tomo 790 – A- Qto, domiciliada en Caracas.-

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YOBANNY KAFROUNI MIKARE abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 44.015.-

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

ANTECEDENTES

Se recibió el presente expediente por distribución, a los fines de la celebración de la audiencia preliminar, la cual fue celebrada.
En fecha 28 de Enero de 2009, comparecieron a la sede de este circuito judicial el ciudadano YOBANNY KAFROUNI MIKARE abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 44.015, en su carácter de apoderado judicial de la empresa TERRAZAS STEAK HOUSE C.A y la ciudadana MARIA SUAZO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.410, en su carácter de apoderada de la parte actora ciudadano JOEL ALEXANDER SOLORZANO RIVERO, y celebraron transacción, mediante la cual de mutuo acuerdo a los fines de poner fin al presente juicio, la empresa demandada le entrega a la parte actora cheque no endosable por la cantidad de 10.883,37 bolívares, y la suma de 2.616,63 bolívares, que se encuentran en el Fideicomiso respectivo en el Banco Banesco y la actora recibe dicho monto, manifestando no tener mas nada que reclamar, por lo que ambas partes solicitan la homologación de la presente transacción.-

MOTIVACION PARA DECIDIR

Este Tribunal visto el escrito transaccional suscrito por ambas partes al respecto observa: que la transacción versa sobre los derechos litigiosos; que consta por escrito; y que contiene la relación circunstanciada de los hechos que la motivaron así como de los derechos que en ella se comprenden; por lo cual le imparte su Homologación en todas y cada una de sus partes y en los mismos términos expuestos, con los efectos de cosa juzgada del modo en que lo prevé el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con lo establecido en los artículos 9 y 10 de su Reglamento.

PARTE DISPOSITIVA

En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Trigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA LA TRANSACCION suscrita entre el ciudadano JOEL ALEXANDER SOLORZANO RIVERO y la sociedad mercantil TERRAZAS STEAK HOUSE C.A.-
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Trigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. A los treinta días del mes de enero de dos mil nueve (2009). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
LA JUEZ

GLORIA GARCÍA GUZMÁN
EL SECRETARIO

OSCAR JAVIER ROJAS
En el mismo día de hoy, previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO

OSCAR JAVIER ROJAS