REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SOLICITANTE: YELITZA ROSA FERRAROTO BECERRA
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
EXPEDIENTE N° 13375
Maracay, 09 de Enero de 2009
198° y 149°
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente Titulo Supletorio presentado por la ciudadana Yelitza Rosa Ferraroto Becerra, y por cuanto del estudio del mismo se observa que el inmueble objeto de la presente solicitud se encuentra ubicado en Sector La Carpiera, calle Girardot, manzana 80, parcela 13, N° 80-13, Municipio Sucre del Estado Aragua, este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer de la presente solicitud, por aplicación analógica del articulo 42 del Código de Procedimiento Civil, y en razón de favorecer la descongestión de causas que motivó la creación del tribunal de Primera Instancia Civil con cede en Cagua, en consecuencia remítase con oficio las presentes actuaciones al tribunal de Primera Instancia Civil, Mercantil, Transito y Bancario del Estado Aragua con sede en Cagua, a los fines que conozca el asunto planteado. Cúmplase-
EL JUEZ
ABG. RAMON CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO
Abg. ANTONIO HERNANDEZ
EXP. N° 13375
RCP/ carolina.-
En esta misma fecha se libró oficio N° .-
EL SECRET.-
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