En horas de despacho del día de hoy, viernes 30 de enero de 2009, siendo las 11:00 de la mañana, previa fijación del Tribunal comparecieron la ciudadana Yeimmy Josefina Tovar Amaro, titular de la cédula de identidad Nº 13.646.252, con el carácter de demandante, asistida por el abogado Juan Tovar Galiano, Inpreabogado Nº 124.367 y la ciudadana Gabriela del Carmen Carías Schmucke, titular de la cédula de identidad Nº 11.820.116 en su condición de ocupante del inmueble objeto de la medida a que se contrae esta comisión y expareja del ciudadano Jesús Alberto Schmucke, demandado de autos, agotando la instancia conciliatoria convocada por este tribunal según el auto de fecha 27 de enero de 2009, todo con la intención de dar una solución pacífica y voluntaria a la situación planteada en el presente caso. En tal sentido y luego de una conversación sostenida entre los asistentes a la reunión se resolvió lo siguiente: La parte querellante expuso: “ Vista la reunión sostenida y a los fines de evitar un desenlace forzoso en este conflicto planteado y atendiendo a la solicitud que me hiciera la ocupante del inmueble, ciudadana Gabriela Carías Schmucke , le otorgo un plazo de tres (03) meses contados a partir de la presente fecha, los cuales se vencen el 30 de abril de 2009, vencidos los cuales y de no haber un cumplimiento voluntario en la entrega del inmueble objeto de esta acción me veré obligada a continuar la ejecución de la medida. Por tal motivo, solicito al Tribunal mantenga en su despacho el contenido de la comisión hasta tanto se cumpla el plazo otorgado en este acto, es todo”. Seguidamente la ciudadana Gabriela Carías, manifestó al Tribunal su conformidad con lo señalado por la querellante en el presente caso. En este estado, el tribunal, visto el planteamiento formulado por los intervinientes en este acto y considerando la buena fe de los mismos, se abstiene de practicar la medida de secuestro hasta tanto se dé cumplimiento a la condición de tiempo expuesta y sea notificada por la parte actora, es todo. Manténgase la comisión en la sede de este Juzgado hasta tanto se dé cumplimiento a lo acordado en la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman;
LA JUEZ EJECUTORA DE MEDIDAS
DRA. MIGDALYS DE LA CHIQUINQUIRA AGRAZ
La demandante
Yeimmy Tovar

El Abogado Asistente
Dr. Juan Tovar

La ocupante del Inmuebles
Gabriela Carías


EL SECRETARIO

DR. JOSÉ GIRÓN


Exp. 002/09
MAS/JG