En el día de hoy Viernes 30 de Enero de 2009, siendo las 09:00 a.m., comparecen las partes arriba señaladas, dándose por notificada la parte accionada, mediante poder judicial, el cual consigna copia del mismo, que al ser comparada con la original por parte de la Juez, se agrega a los autos, previa solicitud de ambas partes de anticipar la audiencia preliminar inicial, se deja expresa constancia de la comparecencia de la Parte Actora ciudadano NELSON BELEN YEPEZ FERNANDEZ y de su Abogada Asistente, supra identificados; y de la representante de la parte demandada, el apoderado Judicial Abogado Carlos Guerrero, plenamente identificados en el encabezamiento de ésta acta. Así mismo se deja constancia que la parte demandada se da por notificado en el presente acto del presente asunto en su contra y en consecuencia ambas partes renuncias a los lapsos de ley, correspondientes a la fase del asunto a los fines de celebrar la presente audiencia. En éste estado la ciudadana juez acuerda lo solicitado y declara abierto el acto, en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora a fin de poner fin al presente procedimiento la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. 5.000,00), para ser pagados en éste mismo acto, a través de cheque Nro. 3418390977, fechado con el día 28 del corriente mes y año, elaborado a nombre del Actor ciudadano NELSON BELEN YEPEZ FERNANDEZ, y de la entidad bancaria Central, Banco Universal. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por Bono de alimentación. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Apoderada Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago del concepto demandado y convenido en el presente acto.
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