Hoy, jueves diecinueve (19) de febrero de dos mil nueve, siendo el día y hora fijado, para que tenga lugar PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto. Se deja expresa constancia que comparece por la parte actora su apoderado judicial Abg. MARCO ANTONIO CUBA VIVAS. INPREABOGADO Nro. 107.845 y por la parte demandada, compareció el apoderado judicial Abg. PEDRO JULIO HERNANDEZ. INPREABOGADO Nro. 62.998. En este acto el apoderado judicial de la parte actora Abg. MARCO ANTONIO CUBA VIVAS. INPREABOGADO Nro. 107.845 expone: En vista de que no se posee la certificación requerida a los efectos de comprobar la enfermedad profesional demandada es por lo que desisto en nombre de mi representado a este procedimiento reservándome las acciones legales que le corresponden a mi representado JOSE LUIS GUEVARA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I V-14.240.637, de la misma manera pido en este acto me sean devueltas las pruebas aportadas por mi en la oportunidad de la audiencia preliminar primigenia así como el poder original consignado. En este estado toma la palabra el apoderado judicial de la parte demandada Abg. PEDRO JULIO HERNANDEZ. INPREABOGADO Nro. 62.998, quien expone: Acepto el desistimiento del procedimiento y en nombre de mi representado le exonero de las costas y costas procesales que pudieron haberse causado, así como solicito me sean devueltos las pruebas aportadas por mí en la oportunidad de la audiencia preliminar primigenia.