REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA

La Victoria, seis (6) de febrero de dos mil nueve (2009).
198º y 149º

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: DP31-L-2007-000350

PARTE ACTORA: ANGEL RAFAEL OLIVARES REQUENA, titular de la cédula de identidad Nº 8.575.727

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado EMILIO ANTONIO MONCADA ATENCIO, Inpreabogado Nº 22.900

PARTE DEMANDADA: MAGMIN COMERCIALIZADORA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MIROSLAVA DIAZ BUSEK Inpreabogado Nº 19.699

MOTIVO: EMFERMEDAD PROFESIONAL


En el día de hoy, viernes, seis (6) de febrero de dos mil nueve (2009), siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia de Juicio con motivo de la demanda por EMFERMEDAD PROFESIONAL incoada por el ciudadano ANGEL RAFAEL OLIVARES REQUENA, titular de la cédula de identidad Nº 8.575.727 contra la Sociedad de Comercio SOCIEDAD DE COMERCIO MAGMIN COMERCIALIZADORA, C.A., se constituye el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la sala de audiencias, presidida por la jueza Dra. MARGARETH BUENAÑO, con el secretario Abg. ARTURO LUIS CALDERON y la alguacil YOLETTE MAYORA, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la audiencia de juicio. El secretario designado deja constancia que en la sala de audiencias se encuentran presentes los siguientes ciudadanos: por la demandada: Comparece la ciudadana Abogado MIROSLAVA DIAZ BUSEK, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 19.699, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad de Comercio MAGMIN COMERCIALIZADORA, C.A. y Por la parte demandante: NO COMPARECIO. En este estado la ciudadana Juez, deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA LA ACCION Y TERMINADO EL PROCESO. Se cierra el acto, siendo las 10:10 a.m. del día de hoy. Se leyó, se terminó y se firmó la presente Acta. Es todo. Terminó se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA,

Dra. MARGARETH BUENAÑO


APODERADO DE LA DEMANDADA


ALGUACIL

TECNICO AUDIOVISUAL

SECRETARIO.

ABG. ARTURO LUIS CALDERON.
ASUNTO: DP31-L-2007-000350
MB/ALC.-