REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, TRECE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
198º y 149º
Visto el desistimiento suscrito en el ciudadano TEODULO ALFARO FLEMING, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.901.967, de este domicilio, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.890, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandante en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES, intentado en contra la sociedad mercantil INVERSIONES PEYJU C.A., y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento.
Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Exp. N° 29.366
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