REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 2
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA ACCIDENTAL 2
Caracas, 16 de febrero de 2009
198° y 149°
CAUSA N° 2009-2676
JUEZ PONENTE: DRA. BELKYS ALIDA GARCÍA
La ciudadana Abogada MARÍA VERÓNICA EMMANUELLI MARCANO, en su condición de Juez Cuadragésima Novena de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, se inhibió de conocer de la causa distinguida con el N° 13687-09, nomenclatura llevada por ese Juzgado, seguida a los ciudadanos ALEJANDRA DEL VALLE LÓPEZ HERNÁNDEZ, LIGIA COROMOTO RANGEL CORONEL, CERVANDO JOSÉ ALVARADO, YHIMI ROBERTO URQUIOLA LUGO, LUIS ALBERTO JIMÉNEZ, DAYALI YOLEANA CUMBERVACHE ORTIZ, DEYANIRA DAFNE GONZÁLEZ FLORES, JUAN MANUEL CHOPITE, CESAR EULOGIO CARRILLO BRAVO y CARLOS ISTURIZ SUÁREZ, por manifestar que se encuentra incursa en la causal contenida en el numeral 8° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.
Con el objeto de sustentar la inhibición propuesta, la ciudadana Juez inhibida, invocó como medios de pruebas, lo que a continuación se transcriben:
Las testimoniales de los ciudadanos RAFAEL ROMERO PIERLUISSI (Secretario), ANGELIMAR CARMONA (Asistente) y ANA MARÍA TOVAR (Asistente), todos adscritos al Juzgado Cuadragésimo Noveno de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal.
Copias certificadas de las actuaciones que conforman la causa signada con el N° 13687-09 (nomenclatura del Juzgado Cuadragésimo Noveno en función de Control), las cuales anexó al acta de inhibición.
En tal sentido, por considerarlas útiles y pertinentes a los fines del pronunciamiento de fondo de la inhibición planteada, esta Sala Accidental acuerda ADMITIRLAS y resolver dentro del lapso legal correspondiente.
En consecuencia se fija para el día martes 17 del mes y año que discurre, a las 11:00am, 11:30am y 12:00m, la evacuación de las testimoniales de los ciudadanos RAFAEL ROMERO PIERLUISSI, ANGELIMAR CARMONA y ANA MARÍA TOVAR, para lo cual tendrá la carga la ciudadana Juez inhibida de lograr la efectiva comparecencia de los mismos en la oportunidad antes señalada. Y así se declara.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Dos Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE las pruebas ofrecidas y anexadas por la ciudadana Juez inhibida; procediéndose en consecuencia a fijar para el día martes 17 del mes y año que discurre, a las 11:00am, 11:30am y 12:00m, la evacuación de las testimoniales de los ciudadanos RAFAEL ROMERO PIERLUISSI, ANGELIMAR CARMONA y ANA MARÍA TOVAR, para lo cual tendrá la carga la ciudadana Juez de lograr la efectiva comparecencia de los mismos en la oportunidad antes señalada.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Así mismo, líbrese Boleta de Notificación a la ciudadana Juez Cuadragésima Novena de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal.
LA JUEZ PRESIDENTA
DRA. BELKYS ALIDA GARCÍA
(Ponente)
LOS JUECES INTEGRANTES
DRA. ALEGRÍA BELILTY DR. OSWALDO REYES CAMACHO
EL SECRETARIO
ABG. LUIS ANATO
En esta misma fecha se dio fiel cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
ABG. LUIS ANATO
Causa N° 2676-09
BAG/AB/ORC/LA/rch