REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MATURIN

REPÚBILCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.

Maturín, 25 de Febrero de 2009.
198º y 149º

Visto el escrito, de fecha 17 de febrero de 2009, suscrito por el ciudadano: Esmil Antonio Quijada Rosas, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-3.345.572, actuando en su carácter de demandante en la presente causa signada con el Nº 14.677, nomenclatura interna llevada por este tribunal, mediante el cual solicita se fije monto de fianza, por cuanto la medida fue negada en fecha 04 de febrero de 2009. Este Tribunal de acuerdo a lo solicitado, observa: Que la negativa de acordar la medida quedo firme en razón de que la parte actora no ejercicio en su debida oportunidad el recurso de apelación correspondiente.- Por otra parte advierte el tribunal que la presente acción se refiere a una demanda de cumplimiento de contrato por lo cual no es procedente medida de secuestro alguna menos aún cuando el accionante fundamenta su acción con un contrato verbal, por lo que en consecuencia este tribunal declara la negativa de fijar caución o garantía para decretar la medida solicitada, y quien aquí decide en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley NIEGA el pedimento del actor. Y así se decide
LA JUEZA TEMPORAL.

ABOG: SONIA ARASME.

LA SECRETARIA.

ABOG: MAITEE COVA UGAS.





Exp Nº 14677
S.A/milanyela