ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-002456

En el día de hoy, miércoles cuatro (04) de febrero, siendo las 8:45 a.m; oportunidad y hora para la celebración de la Audiencia conciliatoria, se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana MONTES YUDERQUIS, titular de la cédula de identidad N° 18.025.315, parte actora en el presente juicio y su apoderada judicial, abogada ROSA ELENA CARRASQUEL GONZALEZ, inscrita en el INPREABOGADO N° 98.805, por una parte, y por la otra el Abogado JUAN PABLO TORRES FIGUEREDO, inscrito en el Inpreabogado N° 90.687, apoderado de la parte demandada, el cual tiene facultades expresas para transigir, según consta en instrumento poder que riela del folio 22 al 23 de autos. En este estado, la parte actora y los apoderados judiciales de las partes ya identificados manifiestan a este Tribunal haber llegado a un ACUERDO POR LA CANTIDAD UNICA DE DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00), poniéndose fin al proceso por cobro de prestaciones sociales incoado por la ciudadana YUDERQUIS MONTES contra la empresa SERIES REPRESENTACIONES 98 C.A. Vista la manifestación de voluntad de las partes expresada en este acto conciliatorio, este Juzgado HOMOLOGA dicho acuerdo, con efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que en este acto el abogado de la empresa hace entrega a la accionante un cheque “no endosable” de la empresa girado contra BANESCO BANCO UNIVERSAL, cheque N° 24081834, de fecha 3-2-2009, a nombre de la actora por la cantidad de Bs. 10.000,00. Se acuerda entregar a cada parte un original de esta acta. Se ordena asimismo, el cierre y archivo del presente expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza


Lisbett Bolívar Hernández de Querales



Las apoderados judiciales de las partes









La Secretaria


Kelly Sirit