REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 19° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas 12 de febrero de 2009
198º y 149º
ASUNTO: AP21-L-2008-00940
Visto el escrito transaccional de fecha 04 de febrero de 2009, presentado por los abogados JUDITH CORNEJO y JUAN RICARDO FERREIRA en sus carácter de apoderados de la parte actora y demandada respectivamente. En consecuencia este Juzgador después de revisar exhaustivamente el escrito y comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos indicados en el referido escrito, dándole efectos de cosa juzgada. Asimismo en cuanto al desistimiento del procedimiento efectuado por el ciudadano JUAN SEGOVIA este Tribunal Homologa el mismo. Se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas de conformidad a lo establecido en el numeral 3° del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo del expediente así como su cierre informático.
JUEZ
JHACNINI TORRES
SECRETARIA
EVA COTES M