REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nº X .
Caracas, once (11 ) de Febrero de Dos Mil Nueve (2.009).
Años: 198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2009-001647
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos el presente asunto, désele entrada y anótese en el libro respectivo. Vista la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, presentada por la ciudadana LUISA ELENA VIVAS MOSCOSO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-6.892.349, representante legal de la adolescente (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Nño y Adolescente). Y por cuanto es un derecho que tiene la adolescente (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 ejusdem), a obtener los documentos públicos que comprueben su identidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia, esta Juez Unipersonal Nº X de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL SUFICIENTE a fin de que la ciudadana LUISA ELENA VIVAS MOSCOSO, previamente identificada, TRAMITE ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), el pasaporte de la adolescente (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Nño y Adolescente) en el entendido que la expedición del pasaporte no significa que la mencionada adolescente este autorizada para salir del territorio nacional.-
LA JUEZA
MAIRIM RUIZ RAMOS
EL SECRETARIO
ABG. PEDRO DUQUE
MRR/PD//mariela*
Motivo: Autorización Judicial para Tramitar Pasaporte.
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