REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

Republica Bolivariana de Venezuela



Poder Judicial
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
De la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal XIII

Caracas, tres (03) de febrero de dos mil nueve (2009)
198° y 149°
ASUNTO: AP51-S-2008-015663

Visto el anterior Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, mediante el cual los ciudadanos WILMAN JOSE RIVERA TORRES y CORONADO MONCADA NURYS DEL CARMEN, de nacionalidad Venezolana, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-5.658.411 y V-6.893.554, respectivamente, en su condición de progenitores de las Adolescentes, acuerdan establecer el Régimen de Convivencia Familiar en interés superior de los Adolescentes antes citados, descrita de manera pormenorizada en el acta respectiva, y vista la petición expresa que se homologue la misma. En consecuencia este Despacho Judicial a cargo de La Juez Unipersonal XIII, del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenio referido, respetando los términos expuestos en el acta suscrita por las partes la cual consta en el folio veinticinco (25) del presente asunto, de conformidad con lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Asimismo, se les advierte a los interesados que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaría las copias certificadas del convenio y del presente auto, para lo cual se INSTA a las partes a consignar los fotostatos respectivos; una vez cumplido, se remitirán las mismas a la Oficina de Atención al Público del Circuito (O.A.P.). Cúmplase.-
La Juez

Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren. La Secretaria

Abg. Yugaris Carrasquel




ASUNTO: AP51-S-2008-015663