REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y
Nacional de Adopción Internacional
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 15
Caracas, tres (03) de Febrero de 2009
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-018781
Vista la solicitud presentada por el ciudadano GERADO JOSE PEREZ NESSI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-13.895.459 actuando en representación de su hija (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), debidamente asistidos por el Abogado ISMAEL DA COSTA MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.849, así como la aceptación y juramentación hecha por la Curadora Ad-Hoc designada, ciudadana DUNIA JOSEFINA NESSI DE PEREZ, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.299.922, en beneficio de la niña de autos. Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niño, Niñas, y Adolescentes, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese a la solicitante.
LA JUEZ,
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA ACC,
ABG. CAROLINA HERNANDEZ
YCH/CH/hvicent
Motivo: Cúratela.
AP51-S-2008-018781