REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

EXP. N° AP41-U-2008-000695 SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 017/2009

Visto el recurso contencioso tributario interpuesto por las ciudadanas Mercedes Benguigui Bergel y Rosario García de Rodríguez, abogadas inscritas en el Inpreabogado najo los Nos. 24.956 y 46.909 respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales de la Sociedad Mercantil SAMBO'S TOY STORE SAN IGNACIO, C.A., contra la Resolución de Imposición de Sanción N° 8701 emanada en fecha 9 de junio de 2008 de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del SENIAT, la cual multó a la recurrente con un total de 925 unidades tributarias por incumplimiento en materia de impuesto al valor agregado e impuesto sobre la renta, así como contra las planillas de liquidación y pago emitidas con base en la mencionada Resolución; estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario, este Tribunal observa: que se encuentran cumplidos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de un acto administrativo recurrible en la vía jurisdiccional, impugnado ante la autoridad competente, dentro del plazo legal, mediante escrito en el cual se funda, y consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como queda demostrada la legitimidad de las personas que se presentan como apoderadas judiciales de la misma, y la Administración Tributaria no se opuso a su admisión, este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario ADMITE el presente recurso contencioso tributario en cuanto ha lugar en derecho, dejando su apreciación para la definitiva; procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 268 y siguientes del Código Orgánico Tributario.
El Tribunal advierte que la causa queda abierta a pruebas de acuerdo a lo previsto en el artículo supra mencionado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los once (11) días del mes de febrero del año dos mil nueve (2009). Año 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIA


MARIA YNES CAÑIZALEZ
LA SECRETARIA


KAYIUSKA URBAEZ
Exp. N° AP41-U-2008-000695
ms