REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 25 de febrero de 2009.
Años 198º y 149º
EXPEDIENTE Nº 47.347-08
MOTIVO: Divorcio.-
DECISIÓN: Extinción del Proceso.
En fecha 10 de octubre de 2008, el abogado JOSE GREGORIO RAMIREZ SANCHEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.107, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MANUEL AUGUSTO PIÑA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 637.228, de este domicilio, presentó demanda de DIVORCIO contra la ciudadana LIA DORIS ZAMBRANO CARDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.582.388. Ahora bien, por cuanto en fecha 25 de febrero de 2009, a las 9:00 a.m., era la oportunidad y hora fijada para que se efectuare el PRIMER ACTO CONCILIATORIO en el juicio de DIVORCIO incoado por el ciudadano MANUEL AUGUSTO PIÑA MARTINEZ contra la ciudadano LIA DORIS ZAMBRANO CARDENAS, y habiéndose anunciado dicho acto en la forma de Ley, se deja constancia que no compareció al acto el ciudadano MANUEL AUGUSTO PIÑA MARTINEZ. Forzosamente, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA EXTINCION DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA PROVISORIA
Dra. LUZ MARIA GARCIA MARTINEZ
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
MAGNOLIA GOMEZ MARTINEZ
LMGM/brigida.-
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