REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
PARTE ACTORA: BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A.
PARTE DEMANDADA JOSE GREGORIO ZAMORA y MARISOL SALCEDO
MOTIVO: EJECUCION DE HIPOTECA
EXPEDIENTE: N° 9978
Maracay, 09 de Febrero de 2009
198º y 149º
Visto el escrito presentado por la abogado en ejercicio LILIANOTH CHONG DE BORJAS, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 62.365, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del presente juicio,este tribunal le imparte su homologación, conforme a los términos contenidos en la misma, de conformidad con el articulo 265 del código de Procedimiento Civil, asimismo se levanta la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 31 de Mayo de 2004, la cual recayó sobre un inmueble descrito y determinado en autos, ofíciese lo conducente al Registrador respectivo, participándosele el levantamiento suspensión de dicha medida en consecuencia se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo judicial en su oportunidad.-Líbrese oficio
EL JUEZ.-
ABG. RAMON CAMACARO PARRA.-
EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO HERNANDEZ
RCP/nury
EXP Nº 9978