JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
SENTENCIA DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 08-15465
PARTES: RICHARD ALEXANDER SILVA GUTIERREZ Y GLADYS JOSEFINA ROJAS IRUMBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.701.708 y V-12.167.004 respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: CARMEN TERESA CROCE DE TOVAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.698
MOTIVO: DIVORCIO 185-A.
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En fecha 09 de Diciembre de 2.008, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos RICHARD ALEXANDER SILVA GUTIERREZ Y GLADYS JOSEFINA ROJAS IRUMBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.701.708 y V-12.167.004 respectivamente, asistidos por la Abogado CARMEN TERESA CROCE DE TOVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.698, y solicitaron el Divorcio conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, manifestando que desde hace más de Cinco (05) años se encuentran separados y no han hecho vida en común desde entonces, cesando toda vinculación personal entre ellos. En dicha unión matrimonial no procrearon hijo alguno y no adquirieron Bienes.
Admitida la solicitud en fecha 10 de Diciembre de 2.008 se ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 15 de Enero de 2.009, el Alguacil de este Tribunal consignó Boleta de Notificación debidamente firmada y sellada por el Fiscal Superior del Ministerio Publico de este Circunscripción Judicial, quien compareció y no hizo objeción alguna al presente procedimiento.
De la revisión de las Actas que conforman el presente expediente, se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, sin que hubiera existido entre los ciudadanos RICHARD ALEXANDER SILVA GUTIERREZ Y GLADYS JOSEFINA ROJAS IRUMBA, reconciliación alguna resultando procedente el Divorcio por ellos solicitado y Así se decide.
- I I -
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos RICHARD ALEXANDER SILVA GUTIERREZ Y GLADYS JOSEFINA ROJAS IRUMBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.701.708 y V-12.167.004, respectivamente. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua, en fecha 25 de Junio de 1.997, quedando registrado bajo el Nº 54, de los Libros de Registro Civil respectivos.
Este Tribunal deja constancia de que no procrearon hijos ni adquirieron bienes.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencia llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Cagua, a los diez (10) días del mes de febrero de Dos mil nueve (2.009). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO
Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ROSARIO MENDOZA ARMAS
En esta misma fecha, siendo las 01:30 p.m., se publicó y registró la anterior Sentencia.
LA SECRETARIA
EXP. 08-15465
EPT/rma/vanessa.
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